DECRETO 582 RD 4796 - 20 de Diciembre de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438365554

DECRETO 582 RD 4796

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4796 20 DICIEMBRE 2011
EmisorAlcaldia Mayor
1
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4796 • pP. 1-1 • 2011 • DICIEMBRE 20
DECRETOS DE 2011
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 46
Número 4796
2011 DICIEMBRE 20
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
Decreto Número 582
(Diciembre 15 de 2011)
“Por el cual se adopta la Política Pública Distrital
para el grupo étnico Rrom o Gitano en el Distrito
Capital y se dictan otras disposiciones”.
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (D)
En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por los nume-
rales 1º y 4º del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que los artículos 7 y 70 de la Constitución Política de
1991, respectivamente, establecen que “El Estado
reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de
la nación colombiana”, y (…) la igualdad y dignidad de
todas las culturas que conviven en país.(…)”.
Que el artículo 13 ídem estipula que “Todas las per-
sonas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la
misma protección y trato de las autoridades y gozarán
de los mismos derechos, libertades y oportunidades
sin ninguna discriminación por razones de sexo,
raza, origen nacional o familiar, lengua, religión,
opinión política o losóca. El Estado promoverá las
condiciones para que la igualdad sea real y efectiva
y adoptará medidas en favor de grupos discriminados
o marginados.”
Que el artículo 93 ibídem señala que los tratados y
convenios internacionales raticados por Colombia
hacen parte del bloque de constitucionalidad y preva-
lecen en el orden interno.
Que el Estado Colombiano suscribió el Convenio
número 169 “sobre pueblos indígenas y tribales en
países independientes, adoptado por la 76ª. reunión
de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra, 1989”,
aprobado por Colombia mediante la Ley 21 de 1991.
Que en la citada Ley se reconocen los derechos y
aspiraciones de los pueblos tribales cuyas condicio-
nes sociales, culturales y económicas los distingan de
otros sectores de la población nacional y se asume el
compromiso de aplicar la diferenciación y armación
positiva en benecio de las poblaciones étnicas, entre
ellas el pueblo Gitano o Rrom.
Que en la Directiva Presidencial 01 de 2010 se señaló
que “En el marco del ordenamiento jurídico nacional
se encuentra la Ley 21 de 1991, que tiene aplicación a
pueblos indígenas, comunidades negras, afrodescen-
dientes, raizales, palenqueras, y al Pueblo Rom, que en
adelante se denominarán Grupos Étnicos Nacionales”.
Que el Presidente de la República, en ejercicio de sus
facultades constitucionales, expidió el Decreto Nacio-
nal 804 de mayo 18 de 1995, “Por medio del cual se
reglamenta la atención educativa para grupos étnicos”,
estableciendo la necesidad de incluir en los Planes de
Desarrollo Educativo, propuestas de etnoeducación y
procesos de investigación y formación docente con
características especiales, que tengan en cuenta los
usos y las costumbres propio de los pueblos.
Que por el Decreto Nacional 2957 de agosto 6 de
2010 se expidió el marco normativo para la protección
integral de los derechos del grupo étnico Rrom o Gi-
tano, reconociéndolo como un grupo étnico con una
identidad especíca y una cultura propia, que amerita
un trato especial y diferencial por parte del Estado y
la sociedad colombiana, que garantice su integridad
étnico cultural y el ejercicio pleno de sus derechos
colectivos.
Que en el literal a) del numeral 2º del artículo 4º ídem se
denió el término Kumpania, así: “Kumpania (Kumpañy

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR