DECRETO 654_rd4805 - 2 de Enero de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435185406

DECRETO 654_rd4805

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4805 2 ENERO 2012
EmisorAlcaldia Mayor
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4805 • pP. 1-8 • 2012 • ENERO 2
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Que la primera propuesta de Norma Técnica Distrital
del Sistema Integrado de Gestión se presentó a con-
sideración del equipo de trabajo, el cual se reunió los
días 2 y 3 de junio de 2011 con el n de concertar el
contenido nal del documento contentivo de dicha de
Norma Técnica.
Que la iniciativa nal del citado documento se socializó
a través del evento de pre lanzamiento llevado a cabo
el día 11 de julio de 2011, y de la página web de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá.
Después de este evento se recibió retroalimentación
del instrumento publicado, realizándose un análisis de
los comentarios emitidos sobre el citado documento.
Que mediante Ocios del 26 y 31 de agosto de 2011,
el Departamento Administrativo de la Función Pública
y la Escuela de Administración de Negocios, dieron el
aval técnico y académico a la Norma Técnica Distrital
del Sistema Integrado de Gestión, respectivamente.
Que de conformidad con los anteriores considerandos,
se requiere formalizar y adoptar la Norma Técnica Dis-
trital del Sistema Integrado de Gestión para garantizar
su aplicación en las entidades y organismos distritales.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Objeto. Adóptase la Norma Técnica
Distrital del Sistema Integrado de Gestión para las en-
tidades y organismos distritales, NTD – SIG 001:2011,
que determina las generalidades y los requisitos
mínimos para establecer, documentar, implementar
y mantener un Sistema Integrado de Gestión en las
entidades y organismos distritales y agentes obligados,
contenida en el documento Anexo que hace parte
integral del presente Decreto.
ARTÍCULO 2º.- Ámbito de aplicación. La Norma
Técnica Distrital para el Sistema Integrado de Gestión
se aplica y se desarrolla en todos los organismos y
entidades distritales y es de estricto cumplimiento por
parte de las mismas y de los agentes obligados, salvo
aquellas disposiciones que en su texto se identican
como de carácter informativo o de orientación.
PARÁGRAFO. La máxima autoridad de cada entidad
u organismo distrital tendrá la responsabilidad de de-
sarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar
el Sistema Integrado de Gestión que se establezca
de acuerdo con lo dispuesto en el presente Decreto.
ARTÍCULO 3º.- Sistema de Seguimiento. Como
mecanismo para facilitar la evaluación por parte de la
alta dirección, de los ciudadanos y de los organismos
de control de la aplicación del Sistema Integrado de
Gestión, cada organismo y/o entidad deberá diseñar
un sistema de seguimiento que permita evidenciar la
ecacia, eciencia y efectividad del Sistema Integrado
de Gestión.
ARTÍCULO 4º.- Estímulos y Reconocimientos. Los
estímulos y reconocimientos para las entidades y orga-
nismos distritales que hayan implementado el Sistema
Integrado de Gestión de forma exitosa, se harán a tra-
vés del Premio Distrital a la Gestión o del mecanismo
que haga sus veces, organizado y desarrollado por la
Secretaría General - Dirección Distrital de Desarrollo
Institucional de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 5º.- Vigencia y derogatorias. El presente
decreto rige a partir de la fecha de su publicación en
el Registro Distrital y deroga las disposiciones que le
sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días
del mes de diciembre de dos mil once (2011).
CLARA EUGENIA LÓPEZ OBREGÓN
Alcaldesa Mayor Designada
YURI CHILLÁN REYES
Secretario General
Decreto Número 654
(Diciembre 28 de 2011)
“Por el cual se adopta el Modelo de Gerencia
Jurídica Pública para las entidades, organismos
y órganos de control del Distrito Capital.”.
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales
y legales, en especial de las conferidas por el
artículo 18 del Acuerdo Distrital 257 de 2006,
de los artículos 38 numerales 3º y 6º, 39 y 53 del
Decreto ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que corresponde al Sector Gestión Pública en los tér-
minos del artículo 46 del Acuerdo Distrital 257 de 2006,
la misión de coordinar la gestión de los organismos y
entidades distritales y promover el desarrollo institucio-
nal con calidad en el Distrito Capital y fortalecer la fun-
ción administrativa distrital y el servicio al ciudadano.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4805 • pP. 1-9 • 2012 • ENERO 2
Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, como cabeza del Sector Gestión Pública tiene
dentro de sus atribuciones la de formular, orientar y
coordinar la gerencia jurídica del Distrito Capital; así
como denir, adoptar y ejecutar las políticas en materia
de gestión jurídica y de prevención del daño antijurídico
para la ciudad, según lo estipulado en el artículo 48
del Acuerdo Distrital 257 de 2006.
Que el Distrito Capital en su agenda administrativa ha
venido implementado un nuevo modelo gerencial apli-
cado a los servicios jurídicos que se prestan a la ciu-
dadanía y a la Administración, a través de estrategias
normativas, esquemas de prevención de conductas
sancionables, la prevención del daño antijurídico, la
vigilancia a entidades sin ánimo de lucro, el segui-
miento a la contratación y a la obtención de mejores
resultados en sede judicial, en procura de lograr la
optimización de la gestión, con estricto acatamiento
del ordenamiento legal y constitucional.
Que una parte esencial del Modelo de Gerencia Jurídi-
ca, ha sido el desarrollo permanente del componente
de las tecnologías de la información y las comunica-
ciones TICs, en la medida que se han consolidado
8 sistemas de información jurídicos en línea para el
uso de los servidores públicos de las 74 entidades y
organismos distritales, de las 20 localidades de Bo-
gotá y de importantes sectores de la ciudadanía, que
han permitido el seguimiento a los temas jurídicos de
forma integral, con disponibilidad y accesibilidad a la
información dando lugar a la denición de líneas de
acción desde una perspectiva gerencial tanto para
el control como para la prevención de problemáticas
contingentes optimizando la capacidad de reacción
institucional y mejorando los estándares de ecacia
y eciencia en la prestación de los servicios jurídicos
en el Distrito Capital.
Que otro elemento fundamental del Modelo de Geren-
cia Jurídica Integral es el talento humano, es decir, los
abogados servidores públicos y colaboradores que
prestan sus servicios de asesoría, conceptualización
y defensa judicial a la Administración Distrital, en las
diferentes áreas misionales y de apoyo, y que sin
lugar a dudas son quienes, con una visión amplia y
comprehensiva de “gestión jurídica”, pueden asegurar
la consolidación del Cuerpo de Abogados del Distrito
Capital, con el propósito de fortalecer la instituciona-
lidad y el sistema de la Gerencia Jurídica Pública del
Distrito Capital, concretando el paso de ser reactivos
a estructurados, esto es de la defensa a la gerencia.
Que para la materialización de este modelo gerencial
aplicado al ámbito jurídico en el Distrito Capital se han
expedido durante los últimos 10 años más de 150 nor-
mas locales, mediante las cuales se han jado políticas
de gerencia jurídica y prevención del daño antijurídico,
en diferentes tipos de actos, tales como Decretos,
Directivas, Circulares e Instructivos, expedidos por el
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor y la Dirección Jurídica Distrital.
Que dichas normas se encuentran dispersas y en al-
gunos casos desarticuladas, ya que se han expedido
de acuerdo a las necesidades puntuales que surgen
del devenir jurídico y para regular supuestos fácticos
puntuales, situación que actualmente representa un
riesgo, que podría derivar en la falta de aplicación de
las políticas formuladas por la Administración Distrital,
por parte de los operadores jurídicos a quienes están
dirigidas a causa del desconocimiento de su existencia
o de su ámbito de aplicación cuando se han eviden-
ciado fenómenos de superproducción normativa que
no permiten establecer con claridad la norma aplicable
cuando existen varias que regulan el mismo tema, , y
que en tal sentido es preciso racionalizarlas a efecto
de facilitar su consulta y aplicación.
Que conforme con los resultados logrados con la im-
plementación de este modelo, se ha determinado la
necesidad de fortalecer la estructura de la Gerencia
Jurídica Pública Integral de las entidades y organismos
del Distrito Capital, mediante la institucionalización
de los instrumentos y estrategias desarrolladas por el
Distrito, en un solo cuerpo normativo que estructure
de manera lógica y actualizada las decisiones de
carácter administrativo que orientan y guían el que
hacer de la Administración y fortalecen las instancias
de coordinación jurídica.
En mérito de lo expuesto,
DECRETA:
EL MODELO DE GERENCIA JURÍDICA PÚBLICA.
Capítulo Primero
SOBRE LOS EJES DEL MODELO, LOS OBJETI-
VOS E INSTANCIAS DE COORDINACIÓN DE LA
GERENCIA JURÍDICA EN LA ADMINISTRACIÓN
DISTRITAL.
ARTÍCULO 1º. El Modelo de Gerencia Jurídica
Pública -GJP-. Adoptar el Modelo de Gerencia Jurí-
dica Pública en la Administración Distrital, entendido
como un sistema de gestión, orientación y control a
la gestión en el ámbito jurídico, que dene marcos
de política pública en relación con la prevención del
daño antijurídico, los asuntos normativos distritales, los
conceptos jurídicos, el control disciplinario, la defensa
judicial, la contratación pública, las personas jurídicas
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sin ánimo de lucro, los estudios y la informática jurídica
a las entidades, organismos y órganos en el Distrito
Capital; y que se orienta a resolver problemáticas y
discusiones jurídicas con una visión omnicomprensi-
va y a largo plazo, que posibilite políticas claras, de
reacción inmediata, pero estructuradas.
El Modelo se dirige hacia la implantación e implemen-
tación de una unidad coordinadora de la Abogacía
General del Servicio Jurídico en el contexto distrital, en
un obligado paso hacia la Gerencia Jurídica Pública.
PARÁGRAFO. Para los efectos del presente acto
administrativo, y en los términos del artículo 39 de la
Ley 489 de 1998, relacionado con la integración de la
administración pública, las Secretarías de Despacho,
los Departamentos Administrativos y las Unidades
Administrativa Especiales Sin Personería Jurídica se
constituyen en los denominados ORGANISMOS del
Sector Central de la Administración Pública Distrital;
por su parte, los entes adscritos o vinculados a las
Secretarías de Despacho que cumplen funciones, en
los términos de los acuerdos distritales, bajo su orienta-
ción, coordinación y control, y que gozan de personería
jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio
o capital independiente se denominan ENTIDADES
DISTRITALES y conforman el sector descentralizado
de la Administración; los entes de control distrital se
denominan genéricamente como ÓRGANOS.
ARTÍCULO 2º. Ejes fundamentales del Modelo de
Gerencia Jurídica Pública. El modelo se desarrolla
sobre dos ejes fundamentales a través de claras líneas
de acción que interactúan entre sí:
2.1. Prevención del Daño Antijurídico. Denición de po-
líticas desde una doble perspectiva: Una interna,
que abarca la ecacia y eciencia en el desarrollo
de las actividades misionales y otra externa, que
busca orientar la actividad particular garantizando
el cumplimiento de la legislación vigente que les
es aplicable.
2.2. Defensa judicial. Estructuración de estrategias
unicadas y calculadas, coordinación interinstitu-
cional para la materialización de dichas directrices,
seguimiento de procesos judiciales y elaboración
de estadísticas conables, asesoría e investi-
gación de la gestión jurídica, y tecnicación de
labores de archivo y seguimiento.
Estas líneas de acción a su vez, se materializan en
planes de gestión concretos que se sirven de impor-
tantes herramientas tales como: Sistemas de infor-
mación jurídica en red, realización de diagnósticos y
estudios que fortalezcan la gestión jurídica, emisión
de doctrina distrital a través de conceptos, expedición
de normas especícas que den solución a vacíos del
sistema jurídico y a problemas materiales concretos,
y capacitación a funcionarios y ciudadanos.
ARTÍCULO 3º. Objetivos de la Gerencia Jurídica
Pública. Los objetivos especícos de la Gerencia
Jurídica Distrital son los siguientes:
3.1. Defender los intereses de Bogotá Distrito Capital,
mediante la atención de situaciones litigiosas y/o
el accionar judicial oportuno, técnico, integral e
idóneo.
3.2. Propiciar nuevos esquemas normativos que viabi-
licen el Estado Social de Derecho y la efectividad
de los derechos particulares y colectivos.
3.3. Privilegiar las acciones armativas para proteger
poblaciones vulnerables.
3.4. Promover el mejoramiento y posicionamiento de
los Sistemas de Información Jurídicos del Distrito
Capital.
3.5. Realizar los estudios jurídicos necesarios sobre
temas de impacto y recurrencia en lo jurídico y
judicial.
3.6. Denir estrategias de mediano y largo plazo en las
que se incremente la capacidad de prever tanto
las fallas administrativas, como los riesgos en la
gestión administrativa con incidencia en lo jurídico
y prevenir potenciales litigios.
3.7. Reducir el daño antijurídico causado.
3.8. Materializar la prestación eciente de los servicios
estatales.
3.9. Contrarrestar conictos estructurales, o daños
sistemáticos, y lograr dar una solución no solo al
caso concreto con intervención judicial, sino a la
falla estructural que genera el reclamo en un nivel
más abstracto y general.
3.10. Aprovechar los recursos e infraestructura del
Distrito como gestor de políticas en el escenario
administrativo, y como litigante frecuente.
3.11. Previsión y cálculo a efecto de disminuir la
sobredemanda de servicios jurídicos frente a una
capacidad de respuesta insuciente.
ARTÍCULO 4º. Liderazgo en la Gerencia Jurídica
Pública. Corresponde a la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., liderar la formulación,
adopción y seguimiento de las políticas públicas, como
un instrumento transversal de gestión jurídica, hacia
el fortalecimiento de la Gerencia Jurídica del Distrito
frente a los distintos, diversos y complejos temas jurí-
dicos de la ciudad.

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