Decreto 656 del 28 de abril de 2022 de Presidencia de la República - Normativa - VLEX 913001523

Decreto 656 del 28 de abril de 2022 de Presidencia de la República

Año2022
Número de Decreto656
Fecha28 Abril 2022
Revisó_-++...¡,.c...I-.c..---"t--
REPÚBLICA
DE
COLOMBIA
Uberllld
y
Orden
ApfObb
__
---'~--Pl---
MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y
TURI5M~------t
...
DECRETO
\.
656 DE 2022
28
BR2022
"Por
el
cual se desarrolla e imple,menta
un
Sistema Integrado de Gestión de Riesgo en
la Ventanilla Unica de Comercio Exterior -VUCE"
EL PRESIDENTE DE
LA
REPÚBLICA DE COLOMBIA
En
uso de sus atribuciones constitucionales y legales,
en
particular de las conferidas en
el
numeral 25 del artículo 189
de
la
Constitución Política,
en
desarrollo de
la
Ley 7
de
1991
y Ley
1'609
de 2013
y,
CONSIDERANDO
Que
la
Constitución Politica establece
en
el
artículo 113,
el
principio de colaboración
armónica entre los diferentes órganos del Estado y
en
su
artículo 209 impone a las
autoridades administrativas
el
deber de coordinar sus actuaciones
en
aras
de
lograr
el
cumplimiento de los fines del Estado.
Que
el
artículo 2 de
la
Ley 7 de 1991,
le
otorga
al
Gobierno Nacional
la
facultad para
expedir las normas por las cuales deberá regularse
el
comercio internacional,
en
observancia
de
las condiciones particulares
de
la
economía. .
Que
el
numeral
16
del artículo
18
del Decreto Ley 210 de 2003, modificado por
el
artículo
3 del Decreto 1289 de 2015, señala que
la
Dirección de Comercio Exterior tiene como
función administrar
la
Ventanilla Única
de
Comercio Exterior, de conformidad con
lo
establecido
en
el
Decreto 4149 de 2004 para racionalizar trámites y procedimientos de
comercio exterior.
Que mediante Decreto 4149 de 2004
el
Gobierno nacional creó
la
Ventanilla Única de
Comercio Exterior -VUCE, soportada
en
medios electrónicos, por medio de
la
cual las
entidades administrativas relacionadas
con
las operaciones de comercio exterior
comparten
la
información pertinente y los usuarios realizan
el
trámite
de
las
autorizaciones, permisos, certificaciones o vistos buenos y
la
consulta de información
relacionada con los procedimientos previos a
la
importación y exportación.
Que a través del Decreto 1520 de 2008 se reglamentó
el
artículo 60 de
la
Ley 962
de
2005, que en
su
artículo 1 establece: "La Dirección
de
Impuestos y Aduanas Nacionales
DIAN,
la
Policía Nacional -Dirección Antinarcóticos,
el
Fondo Nacional de
Estupefacientes,
el
Instituto Nacional
de
Vigilancia
de
Medicamentos y Alimentos Invima,
las Entidades Territoriales de Salud y
el
Instituto Colombiano Agropecuario ICA, como
autoridades de control que por mandato legal deben realizar labores de supervisión y
control
en
las operaciones
de
comercio exterior e intervenir
en
la
inspección física
de
la
mercancía que ingrese o salga del territorio nacional, garantizarán que esta diligencia se
realice de manera simultánea ( ...
)",
razón por
la
cual
el
Sistema Integrado de Gestión del
Riesgo -SIGR resulta una herramienta efectiva para enriquecer los perfiles de riesgo y
la
selectividad
de
cada una de estas entidades.

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