DECRETO 767 RD2488 - 5 de Octubre de 2001 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449424098

DECRETO 767 RD2488

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2488 5 OCTUBRE 2001
EmisorAlcaldia Mayor
5
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2488 Pp. 1-5
2.001-Octubre-5
Año 35
Decretos de 2001
(Octubre 5 de 2001)
«Por el cual se corrige un error mecanográfico
en el Decreto 751 de 2001».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus facultades
constitucionales y legales,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Corregir el acápite del Decreto
751 de 2001, relacionado con las normas que facultan
al Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., para expedir ese acto
administrativo, el cual quedará así:
«En ejercicio de sus facultades constitucionales y lega-
les, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421
de 1993, en los artículos 4 y 17 de la Ley 670 de 2001
y en el Acuerdo 18 de 1989».
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del
mes de octubre del año dos mil uno (2001).
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor
SORAYA MONTOYA GONZÁLEZ
Secretaria de Gobierno
Decreto Número 767
(Octubre 5 de 2001)
«Por el cual se asigna una función al
Departamento Administrativo del Servicio Civil
Distrital».
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,
en uso de las facultades legales y en especial
las conferidas por el numeral 6° del artículo 38
del Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el numeral 6° del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993, sobre las atribuciones del Alcalde Mayor de
Bogotá, contempla las de distribuir los negocios según
su naturaleza entre las Secretarías, los Departamentos
Administrativos y las entidades descentralizadas.
Que de conformidad con lo señalado en el numeral 4°
corresponde al Departamento Administrativo del Servi-
cio Civil Distrital, registrar las novedades y mantener
actualizados los datos referentes a las plantas de em-
pleos de las entidades distritales que conforman las ba-
ses de datos del Sistema Único de Información de Per-
sonal SUIP y presentar las estadísticas que le sean soli-
citadas.
Que mediante Decreto 1049 del 29 de mayo de 2001,
se dictan disposiciones relacionadas con el desarrollo
del Sistema General de Información Administrativa del
Sector Público.
Que el artículo 12 del Decreto 1049 del 29 de mayo de
2001, establece: «En el orden territorial el suministro de
la información que requiera el Sistema General de Infor-
mación Administrativa del Sector Público, se deberá efec-
tuar dentro de los primeros diez días de cada mes, de la
siguiente manera: Los jefes de los organismos y entida-
des, incluidos los Concejos Distritales y Municipales, de
los distritos y municipios de categoría especial reporta-
rán la información a la Alcaldía respectiva y esta, a su
vez, por intermedio del Alcalde, al Departamento Admi-
nistrativo de la Función Pública. (...)».
Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Asignar al Departamento Admi-
nistrativo del Servicio Civil Distrital, la función de
recepcionar la información de las entidades del Distrito
Capital que requiera el Sistema General de Información
Administrativa del Sector Público y reportar esta infor-
mación al Departamento Administrativo de la Función
Pública, en los plazos y términos establecidos por dicha
entidad.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del
mes de octubre del año dos mil uno (2001).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ANTANAS MOCKUS SIVICKAS
Alcalde Mayor
NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA
Directora Departamento Administrativo del
Servicio Civil Distrital.

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