Decreto 776 de 2006, por el cual se modifica la planta de personal de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla. - 17 de Marzo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43234619

Decreto 776 de 2006, por el cual se modifica la planta de personal de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla.

EmisorMinisterio de Salud
Número de Boletín46213

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, en concordancia con los literales m) y n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla, presentó los estudios de que tratan los artículos 46 de la Ley 909 de 2004 y 95 y 96 del Decreto 1227 del 2005, para efectos de modificar su planta de personal, los cuales obtuvieron concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;

Que la Dirección General del Presupuesto Publico Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, otorgó certificado de viabilidad presupuestal;

Que la Junta Directiva de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla, en sesión del 20 de diciembre de 2005, decidió someter a aprobación del Gobierno Nacional la modificación de su planta de personal como consta en el Acta número 09 de la misma fecha.

DECRETA:

Artículo 1º Suprímense de la planta de personal de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla los siguientes cargos de empleados públicos:

N° de Cargos

Denominación

Código

Grado

Jornada

PLANTA GLOBAL

1 (Uno)

Subgerente Entidad Descentralizada

0040

19

8

8 (Ocho)

Jefe de Oficina

0137

06

8

1 (Uno)

Jefe de Oficina

0137

18

8

1 (Uno)

Director de Unidad Hospitalaria

0180

17

8

4 (Cuatro)

Director de Unidad Hospitalaria

0180

13

8

7 (Siete)

Director de Centro de Atención Ambulatoria

0186

8

8

9 (Nueve)

Director de Centro de Atención Ambulatoria

0186

12

8

1 (Uno)

Subdirector de Unidad Hospitalaria

0190

06

8

1 (Uno)

Subdirector de Unidad Hospitalaria

0190

07

8

1 (Uno)

Subdirector de Unidad Hospitalaria

0190

09

8

1 (Uno)

Asesor

1020

08

8

7 (Siete)

Jefe de División

2040

26

8

4 (Cuatro)

Jefe de Departamento Médico Asistencial

2077

18

8

1 (Uno)

Jefe de Departamento Médico Asistencial

2077

16

8

1 (Uno)

Profesional Especializado

3010

18

8

2 (Dos)

Profesional Especializado

3010

21

8

2 (Dos)

Profesional Especializado

3010

25

8

12 (Doce)

Profesional Universitario

3020

14

4

4 (Cuatro)

Profesional Universitario

3020

14

6

47 (Cuarenta y siete)

Profesional Universitario

3020

14

8

34 (Treinta y cuatro)

Médico

3085

21

4

1 (Uno)

Médico

3085

21

5

40 (Cuarenta)

Médico

3085

21

6

33 (Treinta y tres)

Médico

3085

21

8

1 (Uno)

Médico

3085

17

8

16 (Dieciséis)

Odontólogo

3087

21

4

32 (Treinta y dos)

Odontólogo

3087

21

6

1 (Uno)

Odontólogo

3087

21

8

41 (Cuarenta y uno)

Médico Especialista

3120

22

4

2 (Dos)

Médico Especialista

3120

22

5

36 (Treinta y seis)

Médico Especialista

3120

22

6

5 (Cinco)

Médico Especialista

3120

22

8

2 (Dos)

Médico Especialista

3120

23

4

4 (Cuatro)

Médico Especialista

3120

23

6

1 (Uno)

Médico Especialista

3120

23

7

4 (Cuatro)

Médico Especialista

3120

23

8

5 (Cinco)

Técnico Administrativo

4065

14

8

19 (Diecinueve)

Técnico Administrativo

4065

15

8

2 (Dos)

Técnico Administrativo

4065

16

4

3 (Tres)

Técnico Administrativo

4065

16

6

10 (Diez)

Técnico Administrativo

4065

16

8

7 (Siete)

Técnico Administrativo

4065

17

8

7 (Siete)

Técnico Administrativo

4065

18

8

1 (Uno)

Secretario Ejecutivo

5040

20

8

2 (Dos)

Secretario Ejecutivo

5040

24

8

7 (Siete)

Auxiliar Administrativo

5120

18

8

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

5120

20

6

11 (Once)

Auxiliar Administrativo

5120

20

8

17 (Diecisiete)

Auxiliar Administrativo

5120

21

8

2 (Dos)

Auxiliar Administrativo

5120

22

6

22 (Veintidós)

Auxiliar Administrativo

5120

22

8

1 (Uno)

Auxiliar Administrativo

5120

23

6

26 (Veintiséis)

Auxiliar Administrativo

5120

23

8

22 (Veintidós)

Secretario

5140

14

8

16 (Dieciséis)

Conductor Mecánico

5310

19

8

2 (Dos)

Conductor Mecánico

5310

15

8

40 (Cuarenta)

Celador

5320

13

8

16 (Dieciséis)

Auxiliar de Servicios Asistenciales

5350

20

8

63 (Sesenta y tres)

Auxiliar de Servicios Asistenciales

5350

21

6

185 (Ciento ochenta y cinco)

Auxiliar de Servicios Asistenciales

5350

21

8

Artículo 2º Suprímense ciento noventa y tres (193) trabajadores oficiales de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla.
Artículo 3º Las funciones propias de las distintas dependencias de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla serán cumplidas por la planta de personal...

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