Decreto Alcaldía Mayor Nº 060 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 08-02-2024 - 8 de Febrero de 2024 - Registro distrital - Legislación - VLEX 1016781500

Decreto Alcaldía Mayor Nº 060 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 08-02-2024

Fecha de publicación08 Febrero 2024
Fecha de emisión08 Febrero 2024
EmisorSecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Número de Gaceta7931
ALCALDIA MAYOR
DE BOGo
DECRETO No.U
jj
U
DE
"Por medio del cual se niodiflca el Decreto Distrital 797 de 2018 "Por ci cual se definen
reglas relacionadas con el mecanismo de aportes voluntarios y su implcmcntación'' y el
Decreto Distrital 482 de 2023. "Por medio del cual se reglamcnta la Estrategia de Ingreso
Mínimo Garanti7ado en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones"
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.
C.
En uso de sus Eicultades legales. en especial las conferidas por los numerales 3 y 9 del
artículo 3
15
de la Constitución Política, los numerales 3. 4. 6 y 14 del artículo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que en virtud del artículo 3 15 de la Constitución Política son atribuciones del alcalde, entre
otras:
"3. Dirii, la accion adnhinislraíila del municipio; asegurar el cu/1!/JlInueIitO de las
luneto/les
1
la pl'eslciciól/ de los se/Tic os a su cargo; repi'eseníailo judicial .
e.vii'a/iidieialin ente;
1
nombrar e remo lcr a los ¡k,ncioua,ios bajo su dependencia e a los
ge, etites
(1
dirc'citin'rs de los eslahlc'ciniieníos publico.r
1'
las enipresas indu.st
,iales o
coineiciales
lt'
ca,'actcr local, de aL'ue/do con las disposiciones pertinentes" y "
9.
Ordenar
lus
£Ü5/O5
inu)iici/)Ql('s de acuerdo con el plan de inre,sión
1
el presupuesto
Que en el artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, concordante con lo dispuesto en ci
articulo 3 15 de la Constitución Política, establece como atribuciones del alcalde mayor, entre
otras:
"3. Divi(Tir la acción aclini,ii.çtiaiira v asegurar el cuinpliinienw de las ¡úncione.s, la
piestación de los servicios u la construcción de las obras a caigo del Distrito ". 4. E/ercer
la po/estad ieglanientaria. tvpidicndo los decretos, órdenes i' resoluciones /lecesa/ios pa/a
aseguiar la debida c'jecucion de los acuerdos ''. "6. Distribuir los negociOs según su
na!uia/e:u en/re las secretarias, los depari(tincnto.r ad,nini,st,'aiitos u las entidades
desceiii,aliadas. y "14.....egitrar la e.vacla recaudación u administración de las le/itas
1
caudales del e,aiio u decretar sit inversión con arreglo a las lcies u acue,'dos".
Que de conformidad con el literal h) del artículo 16 del Decreto Distrital 714 de 1996.
Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital, las donaciones se clasifican como recursos de
capital.
Pc.:
711
BOGOT4
CLASIFICACIÓN
DE
LA
INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01

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