Decreto Alcaldía Mayor Nº 045 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 08-02-2021 - 10 de Febrero de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 857432576

Decreto Alcaldía Mayor Nº 045 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 08-02-2021

Fecha de emisión08 Febrero 2021
Fecha de publicación10 Febrero 2021
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7047
tv
ALCALDIA MAYOR
DE BOGOTA, D.C.
DECRETO No.
04 b
DE
( U 8 FEB 221 )
"Por medio del cual se incorporan unos recursos al Presupuesto Anual de Rentas e tngresos
y de Gastos e Inversiones de Bogota, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida
entre el
10
de enero y el 31 de diciembre de 2021"
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artIculo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993, el artIculo 28 del Acuerdo Distrital 788 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el ArtIculo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, cuando fuere necesario
aumentar o disminuir la cuantIa de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras
nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados,
créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.
Que mediante el Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020, se expidió el Presupuesto Anual
de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogota, Distrito Capital, para la vigencia fiscal
comprendida entre el
10
de enero y el 31de diciembre de 2021, el cual fue liquidado mediante el
Decreto Distrital 328 del 29 de diciembre de 2020.
Que el artIculo 28 del Acuerdo Distrital citado dispone, en relación con la incorporaciOn de recursos
adicionales, que "Los recursos adicionales de Ofras Transferencias de la Nación provenientes del
Fondo de Mitigación de Emergencia FOME, asI como los provenientes de lajlrma de convenios con
entidades del nivel nacional o territorial, o asignaciones del Presupuesto General de la Nación,
siempre y cuando tengan destinación espec'fica, deberán incorporarse por decreto distrital. La
Secretarla Distrital de Hacienda informará sobre estas incorporaciones al Concejo Distrital, dentro
de los 30 dIas siguientes a la expedición del acto administrativo respectivo."
Carrera 8 No. 10 -65
Código Postal: 111711
Tel.: 3813000
www.boota.gov
co
Info: Linea 195
*
BoGoTI
HII'EI71.IYL1MiIIl

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