Decreto Alcaldía Mayor Nº 836 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 28-12-2018 - 28 de Diciembre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 869205854

Decreto Alcaldía Mayor Nº 836 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 28-12-2018

Fecha de emisión28 Diciembre 2018
Fecha de publicación28 Diciembre 2018
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta6463
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6463 • pP. 1-106 • 2018 • DICIEMBRE 28
106
Subtotal Nivel Técnico 177
Asistencial
Auxiliar Administrativo 407 27 63
Auxiliar Administrativo 407 26 2
Auxiliar Administrativo 407 24 5
Auxiliar Administrativo 407 22 38
Auxiliar Administrativo 407 19 28
Auxiliar Administrativo 407 16 16
Auxiliar Administrativo 407 09 1
Auxiliar Administrativo 407 04 2
Conductor 480 14 3
Conductor 480 09 11
Subtotal Nivel Asistencial 169
Total Planta Global 1401
Total Planta 1443
ARTÍCULO 3°.- La Secretaria Distrital de Hacienda
mediante acto administrativo distribuirá los cargos de la
planta global y ubicará el personal teniendo en cuenta
la organización interna, las necesidades del servicio, los
planes y programas de la Secretaría Distrital de Hacienda.
ARTÍCULO 4°.- La provisión de los empleos que se crean
en el presente decreto, se efectuará de conformidad con
las normas legales vigentes.
ARTÍCULO 5°.- Para el traslado de las actividades de
cobro prejurídico y coactivo de las acreencias tributarias
a la Dirección Distrital de Cobro, se establece un período
de transición de un (1) año, contado a partir de la fecha
de publicación del presente Decreto, período dentro del
cual se debe:
a. Adelantar el proceso de incorporación de las perso-
nas requeridas, y
b. Realizar la entrega y el traslado de toda la docu-
mentación de los procesos de cobro de la Dirección
Distrital de Impuestos de Bogotá a la Dirección
Distrital de Cobro.
ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto rige a partir del día
siguiente a la fecha de su publicación en el Registro Dis-
trital, y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los veintiocho (28) días del
mes de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor
BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ
Secretaría Distrital de Hacienda
NIDIA ROCIO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del Servicio
Civil Distrital
Decreto Número 836
(Diciembre 28 de 2018)
“Por el cual se crean unos cargos temporales en
la planta de personal de la Secretaría Distrital de
Hacienda”
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y
legales, en especial las conferidas por el numeral
numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421
de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 7o. del artículo 315 de la Constitución
Política dispone que es atribución de los Alcaldes:
“Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus depen-
dencias, señalarles funciones especiales y jar sus
emolumentos con arreglo a los acuerdos correspon-
dientes. No podrá crear obligaciones que excedan
el monto global jado para gastos de personal en el
presupuesto inicialmente aprobado.”
Que la Ley 909 de 2004, que regula el empleo públi-
co, la carrera administrativa y la gerencia pública, es
aplicable a los empleados que prestan sus servicios
en las entidades distritales.
Que el artículo 21 de la ley 909 de 2004 consagra que los
organismos y entidades pueden crear excepcionalmente,
en sus plantas de personal, empleos de carácter temporal
o transitorio para el desarrollo de programas y proyectos
de duración determinada o para suplir necesidades de
personal por sobrecarga de trabajo.
Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 38
del Decreto Ley 1421 de 1993, es atribución del Alcalde
Mayor de Bogotá crear, suprimir o fusionar los empleos

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