Decreto Alcaldía Mayor Nº 363 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 04-10-2021 - 4 de Octubre de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 876723825

Decreto Alcaldía Mayor Nº 363 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 04-10-2021

Fecha de publicación04 Octubre 2021
Fecha de emisión04 Octubre 2021
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7250
ALCALDÍA
MAYOR
DE B0GdTAcI
I
DECRETO No.
1 O
3
DE
04 OCT 2021 )
"Por medio del cual se incorporan unos recursos al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos
y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida
entre el
10
de enero y el 31 de diciembre de 2021"
LA
ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.
C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 38 del Decreto
Ley 1421 de 1993, el artículo 28 del Acuerdo Distrital 788 de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Artículo 63 del Decreto Distrital 714 de 1996, cuando fuere
necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o
establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto
mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.
Que mediante el Acuerdo Distrital 788 del 22 de diciembre de 2020, se expidió el
Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito
Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el
10
de enero y el 31 de diciembre de 2021,
el cual fue liquidado mediante el Decreto Distrital 328 del 19 de diciembre de 2020.
Que el artículo 28 del Acuerdo Distrital citado dispone, en relación con la incorporación de
r
e
cursos adicionales, que "Los recursos adicionales de Otras Transferencias de la Nación
provenientes del Fondo de Mitigación de Emergencia FOME, así como los provenientes de
la firma de convenios con entidades del nivel nacional o territorial, o asignaciones del
Presupuesto General de la Nación, siempre y cuando tengan destinación especffica, deberán
incorporarse por decreto distrital. La Secretaría Distrital de Hacienda informará sobre estas
incorporaciones al Concejo Distrital, dentro de los 30 días siguientes a la expedición del
acto administrativo respectivo."
Que mediante la Directiva No. 18 del 28 de diciembre de 2020, del Ministerio de Educación
Nacional, determinó y resaltó, que los recursos asignados mediante el FOME a las entidades
territoriales para la implementación de la alternancia educativa, tenían una destinación
específica determinada en la Directiva No. 17 del 20 de noviembre de 2020.
Carrera 8 No. 10-65
.'
CódigoPostal:111711
BOGOTI
Info: Lfnea 195
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
231 0460-FT-078 Versión 01

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