Decreto Alcaldía Mayor Nº 430 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 29-10-2021 - 3 de Noviembre de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 877897157

Decreto Alcaldía Mayor Nº 430 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 29-10-2021

Fecha de publicación03 Noviembre 2021
Fecha de emisión29 Octubre 2021
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7276
ALCALDÍA
MAYOR
DE BOGOTÁ
ac.
DECRETO No.
O
DE
( 29 OCT 2021
"Por el cual se modifica la planta de empleos de la Secretaría Distrital de Movilidad y se
dictan otras disposiciones."
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 7 del artículo
315 de la Constitución Política y por el numeral 9° del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de
1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 122 de la Constitución Política señala que,
"No habrá empleo público que no
tenga funciones detalladas en ley o reglamento y para proveer los de carácter remunerado
se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus emolumentos en
el presupuesto correspondiente."
Que el artículo 125 ídem, dispone que,
"Los empleos en los órganos y entidades del Estado
son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción,
los de trabajadores oficiales y los demás que determine la Ley. Los funcionarios, cuyo
sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la Lev, serán
nombrados por concurso público. El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los
mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la Ley para
determinar los méritos y calidades de los aspirantes( .
Que el artículo 315 ibídem, señala que son atribuciones del Alcalde,
"7. Crear, suprimir o
fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales
y
.
fijar sus
emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que
excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicia/mente
aprobado".
Que el inciso segundo del artículo 4 de la Ley 1310 de 2009,
"Mediante la cual se unifican
normas sobre agentes de tránsito y transporte y grupos de control vial de las entidades
territoriales y se dictan otras disposiciones.",
establece lo siguiente:
Carrera 8 No. 10 -65 1
Código Postal: 1117111
Tel,: 3813000
1
1
BOGOT/'
Inlo: Llnea 195
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
231 0460-FT-078 Versión 01

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