Decreto Alcaldía Mayor Nº 493 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 09-12-2021 - 10 de Diciembre de 2021 - Registro distrital - Legislación - VLEX 879143165

Decreto Alcaldía Mayor Nº 493 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 09-12-2021

Fecha de emisión09 Diciembre 2021
Fecha de publicación10 Diciembre 2021
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7309
ALCALDIA MAYOR
DEB000T aC
DECRETO No.
A'
93
DE
(Q9
DIC 21
"Por medio del cual se adiciona un articulo al Decreto 101 de 2004 y se dictan otras
disposiciones."
LA
ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.
C.
En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del articulo 38,
los artIculos 39 y
53
del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el numeral 6 del articulo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, atribuye a la alcaldesa mayor
de Bogota, D.C., la funcion de distribuir los negocios segán su naturaleza entre las
secretarlas, los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas.
Que de conformidad con lo previsto en ci articulo 39 Idem, la alcaldesa mayor dictará las
nonnas reglamentarias que garanticen la vigencia de los principios de eficacia, economIa,
celeridad, descentralización, delegación y desconcentración en el cumplimiento de las
funciones y la prestación de los servicios a cargo del Distrito Capital.
Que de acuerdo con lo previsto en el inciso segundo del articulo 53 ibidem, la alcaldesa
mayor ejerce sus atribuciones por medio de los organismos o entidades creados por el concejo
distrital.
Que el articulo 18 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, establece que la alcaldesa mayor podrá
asignar o distribuir negocios y funciones entre organismos y entidades distritales, teniendo
en cuenta una relación directa con el objeto y funciones generales del respectivo organismo
o entidad distrital.
Que el literal k) del articulo 17 del Decreto 413 de 2016, Ic asigna a la Subsecretarla de
Acceso a la Justicia de la Secretarla Distrital de Seguridad. Convivencia y Justicia, la función
de: "k. Formular polIticas y disehar estrategias para el adecuado funcionamienlo de las
casas de justicia y las Unidades de Mediación y Conciiiación en el Distrito ".
Que el articulo 12 de la Ley 497 de 1999, establece que los jueces de paz y de reconsideración
tomarán posesión ante ci alcalde distrital del lugar.
Carrera 8 No. 10 -65 I
Codigo Postal: iiiiiil
Tel.: 3813000
I
www.bogota.gov.co
I
BoGoTI
Info: Linea 195
CLASIFICACION DE LA
INFORMACION: PUBLICA
2310460-FT-078 Version 01

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