Decreto Alcaldía Mayor Nº 119 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 07-04-2022 - 8 de Abril de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 900225476

Decreto Alcaldía Mayor Nº 119 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 07-04-2022

Fecha de emisión07 Abril 2022
Fecha de publicación08 Abril 2022
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7409
DECRETO No. 119 DE
(Abril 7 de 2022)
“Por medio del cual se adoptan medidas transitorias y preventivas para la conservación de la
seguridad y el orden público en la ciudad de Bogotá D.C.”
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 1, 2 y 3 del
artículo 315 de la Constitución Política, el artículo 35 y los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 38
del Decreto Ley 1421 de 1993, el literal b) del artículo 91 de la Ley 136 de 1994, modificado
por el artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, y los artículos 6 y 119 de la Ley 769 de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º de la Constitución Política prevé que: “Colombia es un Estado social de derecho,
organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades
territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana,
en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés
general.”
Que de conformidad con el artículo 2º superior, las autoridades están instituidas para proteger a
todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos
y libertades.
Que en el artículo 24 de la Constitución Política reconoce a todo colombiano el derecho a circular
libremente, con las limitaciones que establezca la ley, por el territorio nacional, a entrar y salir de
él, y a permanecer y residenciarse en Colombia.
Que conforme al artículo 95 de la Constitución Política, son deberes de la persona y del
ciudadano, entre otros, obrar conforme al principio de solidaridad social; respetar y apoyar a las
autoridades democráticas legítimamente constituidas para mantener la independencia y la
integridad nacionales; participar en la vida política, cívica y comunitaria de país; propender al
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“Por medio del cual se adoptan medidas transitorias y preventivas para la conservación de la
seguridad y el orden público en la ciudad de Bogotá D.C.”
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01
logro y mantenimiento de la paz; y colaborar para el buen funcionamiento de la administración
de justicia.
Que el artículo 315 de la Carta Política señala que son atribuciones del alcalde:
(…) 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las
ordenanzas, y los acuerdos del concejo.
2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones
y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador.
El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá
con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo
comandante. […]”.
3. Dirigir la acción administrativa del municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones
y la prestación de los servicios a su cargo; (…).”
Que los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, establecen como
funciones de la alcaldesa mayor de Bogotá, las siguientes:
(…) 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del gobierno, las
ordenanzas, y los acuerdos del concejo.
2. Conservar el orden público en el Distrito y tomar las medidas necesarias para su
restablecimiento cuando fuere turbado, todo de conformidad con la ley y las instrucciones que
reciba del Presidente de la República.
3. Dirigir la acción administrativa y asegurar el cumplimiento de las funciones, la prestación
de los servicios y la construcción de las obras a cargo del Distrito.
4. Ejercer la potestad reglamentaria, expidiendo los decretos, órdenes y resoluciones
necesarios para asegurar la debida ejecución de los acuerdos.

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