Decreto Alcaldía Mayor Nº 195 de 2022 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 17-05-2022 - 19 de Mayo de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 904884619

Decreto Alcaldía Mayor Nº 195 de 2022 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 17-05-2022

Fecha de emisión17 Mayo 2022
Fecha de publicación19 Mayo 2022
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7437
ALCALDÍA
M'OR
DE
BOGOTÁ
(1(4
DECRETONo.
1
5DE
( 17 MAY 2022 )
"Por medio del cual se deroga el Decreto Distrital 837 del 27 de diciembre de 2019 'Por
medio del cual se reglamento el artículo 5 de/Acuerdo Distrital 642 de 2016", i' se dictan
otius disposiciones"
LA
ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.
C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral
3
del artículo
315
de la Constitución Política, los numerales
3, 4
y
6
del artículo
38,
los artículos
39 y 53
del Decreto Ley
1421
de
1993,
y
el artículo
18
del Acuerdo Distrital
257
de
2006; y
CONSIDERANDO
Que de acuerdo con el numeral
3
del artículo
315
de la Constitución Política, corresponde a
la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C, dirigir la acción administrativa del distrito, asegurar el
cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
Que el numeral
6
del Decreto Ley
1421
de
1993, "Por el cual se dicta e/Régimen Especial
para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá ",
establece que es competencia de la Alcaldesa
Mayor de Bogotá: "Distribuir los negocios según su naturaleza entre las secretarías, los
departamentos administrativos y las entidades descentralizadas
Que de acuerdo con la jurisprudencia del Consejo de Estado, en especial el fallo proferido
dentro del expediente con radicado
25000-23-24-000-2008-90341 -02
del diecinueve
(19)
de
junio de dos mil catorce
(2014),
en virtud de la citada atribución, la Alcaldesa Mayor de
Bogotá puede asignar funciones o facultades a las secretarias, departamentos administrativos
y entidades descentralizadas.
Que, en concordancia con lo anterior, el inciso segundo del artículo
55
idem señala que: "(..)
En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 38, ordinal 6o., el alcalde mayor
distribuirá los negocios y asuntos, según su naturaleza y afinidades, entre las secretarias,
los departamentos administrativos y las entidades descentralizadas, con el propósito de
asegurar la vigencia de los principios de eficacia, economía y celeridad
administrativas.(..) ".
Carrera 8 No. 10-65
Código Postal. 111711
Tel.: 3813000
www.boçota.govco
mío:
Linea 195
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231 0460-FT-078 Versión 01

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