Decreto Alcaldía Mayor Nº 313 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 03-08-2022 - 3 de Agosto de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 908413177

Decreto Alcaldía Mayor Nº 313 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 03-08-2022

Fecha de emisión03 Agosto 2022
Fecha de publicación03 Agosto 2022
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7495
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ C.
4
3
DECRETO No.
DE
0. 3 AGO 2022
"Por medio del cual se concede la Orden Civil al Mérito Ciudad de Bogotá' en el Crudo
de "Gran Cruz Lxtraordinaria" al Presidente la Republica de Colombia.
LA
ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ D.
C.
En uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 35 del Decreto
Ley 1421 de 1993, el parágrafo 2 del artículo 6 del Decreto Distrital 555 de 2016 y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital
555
de 2016, "Por medio del cual se establecen la Orden
Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" y otras Distinciones, y se dictan otras disposiciones",
adicionado por el Decreto Distrital 087 de 2019, se estableció la Orden Civil al Mérito
"Ciudad de Bogotá" y la Medalla Cívica "Ciudad de Bogotá", entre otras distinciones.
Que el artículo 1 del decreto en cita establece que: "( ...
) La Medalla Cívica "Ciudad de
Bogotá ", se otorgará a colombianos o extranjeros eminentes."
Que el artículo 2 ibidem dispone que la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" se
concederá a colombianos y extranjeros que hubieren prestado servicios a la ciudad,
aportando a la convivencia, solidaridad, identidad, respeto, paz, reconciliación y civismo, o
que, ajuicio del Gobierno Distrital los haga merecedores a esta alta distinción.
Que el artículo 12 ejusdem prevé que la Orden Civil al Mérito
"Ciudad de Bogotá"
tiene los
siguientes cinco
(5)
grados: a) Gran Cruz Extraordinaria, b) Gran Cruz, c) Gran Oficial, d)
Comendador, e) Cruz de Caballero y f) Medalla Policarpa Salavarrieta.
Que el artículo 13 ibidem señala que la Orden Civil al Mérito
"Ciudad de Bogotá"
podrá
concederse en el grado de Gran Cruz Extraordinaria a Jefes de Estado, exjefes de Estado,
exalcaldes de Bogotá y alcaldes o exalcaldes de ciudades capitales de países extranjeros.
Que el Gobierno Nacional en su compromiso con el Distrito Capital a través el Consejo
Nacional de Política Económica y Social - CONPES aprobó el documento 4034 de 2021,
con el cual, confirma su compromiso y ratifica la prioridad que le ha dado a brindar apoyo al
mejoramiento de las condiciones de movilidad de la Región Bogotá - Cundinamarca,
mediante la conformación de una red de transporte público sostenible, de amplia cobertura,
Carrera 8 No. 10 -65
1
Código Postal: 111711
Tel: 3813000
.w.w.bogota.gov co
BOGO1"/\
Info, Lnea 195
CLASIFICACION DE LA
INFORMACION: PUBLICA
231 0460-FT.078 Versión 01

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