Decreto Alcaldía Mayor Nº 415 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 22-09-2022 - 26 de Septiembre de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 911625008

Decreto Alcaldía Mayor Nº 415 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 22-09-2022

Fecha de emisión22 Septiembre 2022
Fecha de publicación26 Septiembre 2022
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7539
ALCALDIA MAYOR
DE BOGOTA C.
DECRETO No.
if
1
DE
( 22 SLV 2022
Por medio del cual se realiza una adición al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos
y de Gastos e Inversiones de Bogota, Distrito Capital, para Ia vigencia fiscal
comprendida entre el
10
de enero y el 31 de diciembre de 2022
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el articulo 38 del
Decreto Ley 1421 de 1993, los artIculos 17, 63 y 65 del Decreto 714 de 1996 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Distrital 518 del 16 de diciembre de 2021 se expidió el Presupuesto
Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogota, Distrito Capital, para Ia vigencia
fiscal comprendida entre el
10
de enero y el 31 de diciembre de 2022, el cual fue liquidado
mediante el Decreto Distrital 540 del 24 de diciembre de 2021.
Que de conformidad con el ArtIculo 17 del Decreto Distrital 714 de 1996, compilatorio de las
normas organico-presupuestales, "los recursos de asistencia o cooperación internacional de
carácter no reembolsables, hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto Anual del
Distrito y se incorporan al mismo como donaciones de capital, mediante Decreto del Gobierno
Distrital, prey/a certificaciOn de su recaudo expedido por el Organo receptor. Su ejecuciOn se
realizará de conformidad con lo estipulado en los con venios o acuerdos internacionales que los
originen y estarán sometidos a Ia vigilancia de Ia Contraloria Distrital.
La Secretaria de Hacienda informará de estas operaciones a Ia ComisiOn de Presupuesto del
Concejo Distrital, dentro de los quince dias siguientes a Ia incorporación de dichos recursos".
Que de conformidad con el Articulo 63 de este decreto, cuando fuere necesario aumentar o
disminuir Ia cuantia de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas,
podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y Ia cancelaciôn de apropiaciones.
Que el ArtIculo 65 Idem dispone que durante Ia ejecuciOn del Presupuesto Anual del Distrito si
se hiciere indispensable aumentar el monto de las apropiaciones, para complementar las
insuficientes, ampliar los servicios existentes o establecer nuevos servicios autorizados por Ia
Ley, se pueden abrir créditos adicionales por el Concejo o por el Gobierno, con arreglo a las
disposiciones legales.
Carrera & No. 10 . 65
digoPostat: 111711
teL 3813000
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lnfo Unea 195
CLASIFICACION DE LA
INFORMACION: PUB LICA
2310460-FT-078
Version 01

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