Decreto Alcaldía Mayor Nº 509 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 10-11-2022 - 11 de Noviembre de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 915068427

Decreto Alcaldía Mayor Nº 509 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 10-11-2022

Fecha de emisión10 Noviembre 2022
Fecha de publicación11 Noviembre 2022
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7572
0
ALCALDIA MAR
DE BOGOT?
DECRETO No.
)
U
9
DE
( 10 NOV 2022
"Por medio del cual se modifica la planta de empleos de la Secretarla Distrital de
IntegraciOn Social"
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D. C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el
numeral 7° del artIculo 315 de la ConstituciOn PolItica, los numerales 3°, 6° y 9° del
artIculo 38 y el inciso 2° del artIculo
55
del Decreto Ley 1421 de 1993 y,
CONSIDERANDO:
Que el artIculo 122 de la ConstituciOn PolItica establece que no habrá empleo püblico que
no tenga funciones detalladas en Ley o reglamento y para proveer los de carácter
remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y previstos sus
emolumentos en el presupuesto correspondiente.
Que al artIculo 125 de la Constitución PolItica preceptUa que los empleos en los órganos y
entidades del Estado son de carrera. Se exceptiian los de elección popular, los de libre
nombramiento y remoción, los de trabaj adores oficiales ylos demás que determine la Ley.
Que el numeral 7° del artIculo 315 de la Constitución Poiltica establece como funciones
de los alcaldes crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, seflalarles
funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes.
Que el numeral 9° del artIculo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993 le atribuye a los alcaldes
la función de: crear, suprimir o fusionar los empleos de la administración central, seflalarles
sus funciones especiales y determinar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos
correspondientes. Con base en esta facultad, no podrá crear obligaciones que excedan el
monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente áprobado.
Que el artIculo 19 de la Ley 909 de 2004 regula el empleo püblico como el nücleo básico
de la estructura de la función pUblica. Por empleo se entiende el conjunto de funciones,
tareas y responsabilidades que se asignan a una persona y las competencias requeridas para
ilevarlas a cabo, con el propOsito de satisfacer el cumplimiento de los planes de desarrollo
y los fines del Estado.
Carrera 8 No. 10 - 65 I
CdIgo Postal: 1117111
Tel.: 3813000
I
BOGOT4
Info: Lfnea 195
CLASIFICACION DE LA INFORMACION: PUBLICA
231 0460-FT-078 Version 01

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