Decreto Alcaldía Mayor Nº 610 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 29-12-2022 - 29 de Diciembre de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 918090743

Decreto Alcaldía Mayor Nº 610 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 29-12-2022

Fecha de emisión29 Diciembre 2022
Fecha de publicación29 Diciembre 2022
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta7613
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ
EICS
el
DECRETO No.
U
DE
29
FT(
2022
"Por medio del cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción para el
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"
EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.
C.
(E)
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los
numerales 1 y 3 del artículo 315 de la Constitución Política y en los numerales 1 y 3 del
artículo 38 y artículo 39 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con los artículos y de la Constitución Política de 1991 Colombia es un
Estado Social y Democrático de Derecho en el cual prevalece el interés general y cuyas
autoridades están instituidas para garantizar los derechos fundamentales de todos los
residentes y el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
Que el artículo 209
idem
consagra que la función administrativa está al servicio de los
intereses generales y debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad,
moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.
Que los numerales 1°
y
3° del artículo 315 de la norma superior establecen que es deber de
los alcaldes hacer cumplir la Constitución, las leyes y los acuerdos del Concejo, así como
dirigir la acción administrativa del municipio, asegurando con ello el cumplimiento efectivo
de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo.
Que el Concejo de Bogotá a través del Acuerdo 761 de 2020
"Por medio del cual se adopta
el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital
2020-2024 « Un nuevo contrato socia/y ambiental para la Bogotá de/siglo XXI»"
determinó
que la coordinación de la acción jurídica distrital frente a la lucha contra la corrupción
administrativa se encuentra bajo la dirección de la Secretaría Jurídica Distrital como cabeza
de sector.
Que con el fin de avanzar hacia el logro de las metas trazadas en el citado Plan Distrital de
Desarrollo, en particular aquellas relacionadas con el propósito 5°:
"Construir Bogotá -
Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente",
y en aras de alcanzar
Carrera 8 No. 10-65 1
Código Postal: 1117111
Tel.: 3813000
BOGOTI
Info: Línea 195
1
CLASIFICACION DE LA
INFORMACION: PUBLICA
231 0460-FT-078 Versión 01
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ CLC.
Continuación del Decreto
N°.
L
DE
2 9
2U22
Pág.
2
de 29
"Por medio del cual se adopta el Modelo de Gestión Jurídica Anticorrupción para el
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones"
el logro de ciudad 30 "Incrementar la efectividad de la gestión pública distrital y local" y
del programa
"Gestión Pública Efectiva",
se encomendó al Sector Jurídico Distrital la
consecución de la meta sectorial 486 relativa a:
"Crear el Modelo de Gestión Jurídica
Anticorrupción - MGJA".
Que en lo concerniente al fenómeno de la corrupción administrativa la Corte Constitucional
ha señalado que ésta amenaza gravemente el Estado Social y Democrático de Derecho y
tiene graves implicaciones en el goce efectivo de los derechos fundamentales y las garantías
públicas, deteriorando la confianza de los ciudadanos en las instituciones estatales, lo que
afecta el interés de la ciudadanía en la participación democrática al tiempo que menoscaba
el correcto funcionamiento de la administración pública:
La corrupción es una de las principales amenazas contra el Estado social de Derecho, pues vuinera
los cimientos sobre los cuales se estructura la democracia, generando graves alteraciones del sistema
político democrático, de la economía y de los principios constitucionales de la función pública: 1.
Desde el punto de vista político, la corrupción reduce la confianza de los ciudadanos en el Estado de
derecho, pues implica el desprecio de los intereses de los ciudadanos, quienes se sienten totalmente
ajenos a las decisiones públicas. Por lo anterior, se afecta la legitimidad de las decisiones del gobierno
y del funcionamiento del Estado de derecho, generándose la apatía y el desconcierto de la comunidad.
2. Desde el punto de vista económico, la corrupción reduce la inversión, aumenta los costos
económicos, disminuye las tasas de retorno y obstaculiza el comercio internacional, aumentando los
precios de los bienes y servicios y reduciendo su volumen y calidad. Adicionalmente, este fenómeno
facilita la formación de monopolios de hecho, conformados por las empresas que pagan sobornos. La
eliminación de la competencia genera a su vez que la empresa que pague sobornos no invierta en todos
los recursos necesarios para superar a la competencia, como costes de proyectos, modernización,
investigación e inversiones tecnológicas, situación que va en detrimento de los consumidores y del
desarrollo de la propia empresa. 3. Desde el punto de vista administrativo público, este fenómeno hace
que los recursos públicos se desvíen hacia los patrimonios particulares o del entorno de los
fiíncionarios corruptos, lo cual disminuye la cantidad gastada en fines públicos, especialmente en
educación y salud. Por otro lado, se merman las rentas públicas, teniendo en cuenta que el coste
irregular del pago de los sobornos constituye una inversión para eludir el pago de costos como los
tributos. Adicionalmente, la reducción de la inversión y del gasto público, ocasionada por la
corrupción, afecta directamente el desarrollo económico a largo plazo, situación que se evidencia
especialmente en los países menos desarrollados, en los cuales genera un diseño de los programas
públicos que desemboca en beneficios para grupos de población relativamente bien situados desde el
punto de vista económico en detrimento de las personas más necesitadas. 4. Desde el punto de vista
jurídico, la corrupción afecta el correcto funcionamiento de la Administración pública, es decir, el
fúnciona,niento del Estado de acuerdo a los principios de la función pública, en especial de la
Carrera 8 No. 10-65 1
Código Postal: 111711
Tel.: 3813000
,.,A,iw.bogota.gov.co
BOGO1'/
Info: Línea 195
CLASIFICACION DE LA
INFORMACION: PUBLICA
231 0460-FT-078 Versión 01

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