Decreto Alcaldía Mayor Nº 336 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 03-08-2023 - 8 de Agosto de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 941010403

Decreto Alcaldía Mayor Nº 336 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 03-08-2023

Fecha de publicación08 Agosto 2023
Fecha de emisión03 Agosto 2023
EmisorSecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Número de Gaceta7778
w
ALCALDIA
MAYOR
DE
BOGOJA
9
4.
DECRETO
No.
d .i 6
DE
(03 /;ii 2023
"Por medio del cual se adopta el Plan Parcial de Renovación Urbana "Corferias
+
EAAB-ESP",
ubicado en las localidades de Puente Aranda y Teusaquillo y se dictan otras disposiciones."
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En ejercicio de sus facultades lcgales, en especial de las conferidas en ci numeral 1 del artIculo
38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con lo dispuesto en el numeral S del articulo
27 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artIculo 29 de la Ley 2079 de 2021, el artIculo
2.2.4.1.3.1 del Decreto Unico Reglamentario 1077 de 2015 y,
CONSIDERANDO:
Q uc el artIculo 2 de la Constitución Politica seflala que, entre otros, son fines esenciales del Estado
servir a la cornunidad, promover Ia prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios,
derechos y deberes consagrados en la Constitución.
Q ue los artIculos 82 y 334 idem expresan respectivamente, por una parte, q'ie las entidades pfibiicas
regulardn la utilización del suelo en defensa del interés comán y, por otra, que la dirección general
de la economia está a cargo del Estado pudiendo intervenir, por mandato de la Icy, entre otros, en
ci uso del suelo para racionalizar la economla con el fin de conseguir en el piano nacional y
territorial, en un marco de sostenibilidad fiscal, ci mejoramiento de la calidad de vida de los
habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarroilo y la
preservación de un ambiente sano.
Que ci articulo 39 de la Ley 9 de 1989
'Por la cteai
Sc
die/cm normas sobre planes de (lesarroilo
municipal, compraventa
y
expropiacwn de bienes y se dictan olras disposiciones
" establece
que
"Son planes de renoi'ación urbana aquellos dirigidos a iniroducir modificaciones susianciciles
aliiso c/c
1(1
lie/Ta)' c/c Ic/S con.strucciones, para deiener losprocesos c/c deteriorofisico y ainbienlal
c/c
los
centros urbanos, a fin c/c lograr, en/re otros, ci mejoramiento del nivel c/c i'icla c/c los
moradores de las areas c/c renovación, ci aprovechamienlo in/ensivo de la infraeslruc!ura
eslablecida de servicios, la clensifIcación racional de areas para vivienda y servicios, la
c/escongeslion c/el
lrdfico
/.ubano o la convemenie rehahilitación de los bienes históricos y
cult uraies, iodo con miras a una utilización imis eficiente de los inmuebies urhanos y con mayor
beneficio para la comunidc;c/.
( ... )''.
Carrera 8 No. 10.65 I
Código Postal: 1117111
Tel.: 3813000
I
BOGOTP
Info: Linea 195
I
CLASIFICACION DE LA INFORMACION: PUBLICA
2310460-FT078 Version 01
ALCALDIA MAYOR
DE BOGOTA D.C.
Continuación del Decreto
N°.
33 6
DE
H
2q23
Pãgina
2
de 103
"Por medio del coal se adopta ci Plan Parcial de Renovación Urbana Torferias
+
EAAB-ESP'.
ubicado en las local idades de Puente Aranda y Teusaquillo y se dictan otras disposiciones."
Que el artIculo 3 de Ia Ley 388 de 1997
Por la cual se inodi/icci la Ley
90
c/c 1989, y la Ley 3
"
de
1991 y se dictaji 0/ray disposiciones '',
estahiece que ci ordenarniento del territorio conslituye en su
conjunto una función piblica para ci cumplimiento de ciertos fines esenciales, entre ellos. : ' (...)
2. A tender los procesos de cambio en ci uso del suelo y adecuarlo en aras del inlerës comin,
procurando so utiiización racional en armonia con lafunción social
c/c
ice prop/cc/ac/a la coal le
es inherente cena /iinción ecologicce, huscando ci desarrollo sostemble 3. Propenc/er por ci
mejoramiento de la ca/ic/ad de vida de los hahitante.s', la distribuc/ón equilativa c/c ic,.v
oportunidades y los bene/lcios c/cl devarrollo y ice preservación del pa/r/monio cultural y natural.
(...).
Que de acuerdo con In establecido en el artIculo 19 Idem
los planes parc/ales son los instrunienlos
med/ante los ciiales se desarroilcen y compiementan las disposiciones de los planes c/c
ordenamienlo, para areas clelerminadas del .s'ueio urbano ypara las areas incluic/a.s' en ci •s'uelo c/c
expansion urbana, cedemás
c/c
ices que dehan desarrollarse medicmte unidcides c/c actuacion
urban istica, macroproyeclos
U
otras operaciones urbanas espe cia/es,
c/c
acuerdo con las
autorizaciones emanadas
c/c
las norinces urbanIslicas genera/es, en los lérminos prcl'istos en la
presente Ley. ( ... )
QLIe en aplicación del parágrafo 2 del artIculo 27 de la Ley 388 de 1997, modificado por ci articulo
180 del Decreto Ley 019 de 2012, el presente Plan Parcial define y resuelve los impactos
urbanIsticos para la implantación de los usos dotacionales y comerciales de escala urbana y
metropolitana que se proycctan desarrollar dentro del ámbito de aplicaciOn de este instrumento de
gestión urbanIstica. Por tanto, no se requerirá de la adopción de planes de implantación y de
regularización y manejo, siempre y cuando se cumplan las condiciones seflaladas en ci presente
Decreto y no se requiera de medidas de mitigación adicionales.
Que ci articulo 38 de la Ley 388 de 1997 dispone que"(...)
En desarrollo clef pr/nc/plo c/c iguaicfac/
c/c los ciudadcinos ante /ce.s' normas, los planes c/c ordenamiento territorial y ices normas
urhanisticas que los desarrollen deberOn establecer mecanesmo.s' que garanticen ci reparto
equ/tativo de ices carga.s' y los hene/Icios derivaclos del ordenamiento urbano en/re los respectivos
afLctaclos. Las un/c/ac/es c/c acticación, ice compensac/on y 1cc trans/renc/ci c/c derecho.s' c/c
c'on.s'truccion y desarrollo, en/re o/ro.s', son mccuni.s'mo.s' quc garantizan es/c prop (is/to.
(...)''.
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DE BOGOTA flC.
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Continuación del Decreto
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"Por medio del cual se adopta ci Plan Parcial de Renovación Urbana "Corferias + EAAB-ESP",
ubicado en las localidades de Puente Aranda y Teusaquillo y se dictan otras disposiciones."
Quc
Cl
parágrafo del articulo 39 ibidem, establece las cargas urbanIsticas y sus correspondientes
escalas de reparto, que deben ser consideradas para efectos de determinar el sistema de reparto
aphcahle a las actuaciones urbanisticas.
Que los artIculos 2.2.4.1.1 y siguientcs del Decreto Unico Reglamentario 1077 de 2015
reglamentan parcialmente las disposiciones relativas a planes parciales contenidas en Ia Ley 388
de 1997, en lo concernienle al proccdimiento a seguir para Ia formulación, revision, concertación
y adopciOn de los mismos.
Que mediante el Decreto Distrital 555 de 29 de diciembre de 2021, se adoptO Ia revision general
del Plan de Ordenarniento Territorial de Bogota y en consecuencia se derogaron los Decretos
Distritales 619 de 2000, 469 de 2003 y 190 de 2004 correspondientes al Plan de Ordenaniiento
Territorial de Bogota, asi como todas las normas e instrumentos que los desarrollan y
complementan.
Quc, ci numeral 3° del artIculo 599 ejusdem, respecto al regimen de transición para Ia revision y
adopción de planes parciales, establece que:
"Arlictilo 599. Planes parc/ales. Los Planes I'arc/ales iendrán en cuenia las
siguienles condiciones c/c Iransicion:
(..) 3. Formulaciones c/c planes parc'iales: Los proyeclos de planes parc/ales
raciicados c/c inanera complela anles c/c lcifCcha de eniracia en vigencia c/el presenle
Plan, se Irwnhlaran y resolveran Con se/cc/on a las clisposiciones vigenles al monienlo
c/C Si!
radicación (..)
Q ue Ia solicitud de revisiOn de la formulación del Plan Parcial de RenovaciOn Urbana "Corferias
+ EAAB ESP", en adelante PPRU
"C.'ORFERJAS ± EAAB-ESP",
se radicó de manera completa
mediante los oficios n.° 1-2019-61916 del 11 de septiembre de 2019 y 1-2019-64201 del 20 de
septiembre de 2019, esto
Cs,
en vigencia del Decreto Distrital 190 de 2004 y sus decretos
reglamentarios, motivo por ci cual su adopción se fundamenta en esta disposición.
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BoGoTI
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