Decreto Alcaldía Mayor Nº 496 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 26-10-2023 - 26 de Octubre de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 950965286

Decreto Alcaldía Mayor Nº 496 de Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., 26-10-2023

Fecha de publicación26 Octubre 2023
Fecha de emisión26 Octubre 2023
EmisorSecretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Número de Gaceta7843
ALCALDÍA MAYOR
DE BOGOTÁ DC.
DECRETO No. '__DE
(26 0C1 2023 ?
“Por medio del cual se asigna al Instituto Distrital de Patrimonio Cultural la competencia
para actuar como Ente Gestor Definitivo del Plan Especial de Manejo yProtección del
Centro Histórico de Bogotá D.C. yse dictan otras disposiciones”
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.
Enejercicio de sus facultades constitucionales ylegales, en especial las conferidas por el
numeral 3del artículo 315 de la Constitución Política, los numerales 1, 3y6del artículo
38, ylos artículos 39, 53 y55 del Decreto Ley 1421 de 1993, y,
CONSIDERANDO:
Queel artículo 8de la Constitución Política promueve la integración de las dimensiones
culturales ynaturales al señalar que "Es obligación del Estado yde las personas proteger las
riquezas culturales ynaturales de la Nación".
Que el artículo 72 ídem establece que el patrimonio cultural de la Nación está bajo la
protección del Estado.
Que de acuerdo con el artículo 4de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 1? de la
Ley 1185 de 2008, “El patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes
materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos ylas representaciones de la
cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, (...), el paisaje cultural, las
costumbres ylos hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble einmueble a
los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o
simbólico (...)”; características patrimoniales presentes en el Centro Históricotle Bogotá D.
C. o
Que dentro de la categoría del patrimonio cultural, se encuentran aquellos bienes que por
contar con algunos otodos los criterios yvalores señalados en el artículo 2.4.1.2 del Decreto
Nacional 1080 de 2015 se consideran Bienes de Interés Cultural BIC. En virtud de esta
declaratoria, están sometidos al Régimen Especial de Protección establecido en el
artículo 11 de la Ley 397 de 1997, modificado por el artículo 7de la Ley 1185 de 2008, el
Carrera 8 No. 10 -65
Código Postal: 111711
aBOGOTA
Info: Línea 195
CLASIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN: PÚBLICA
2310460-FT-078 Versión 01

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