Decreto número 2379 de 2012, por el cual se designa un Superintendente Nacional de Salud Ad-hoc - 22 de Noviembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 408291686

Decreto número 2379 de 2012, por el cual se designa un Superintendente Nacional de Salud Ad-hoc

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín48622

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente, las conferidas por el numeral 13 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia y el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 2170 de 2012, fue nombrado como Superintendente Nacional de Salud el doctor Gustavo Enrique Morales Cobo, identificado con cédula de ciudadanía número 80.414.122, quien tomó posesión del cargo el 19 de octubre de 2012.

Que mediante Comunicación número 2-2012-076528 del 29 de octubre de 2012, el doctor Gustavo Enrique Morales Cobo, con fundamento en el numeral 16 del artículo 11 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, manifestó ante el Ministro de Salud y Protección Social, la existencia de impedimento para adoptar decisión de fondo y definitiva en relación con la medida cautelar de vigilancia especial, decretada mediante Resoluciones números 2628 y 2974 del 24 de agosto y 2 de octubre de 2012, respectivamente, contra la Entidad Promotora de Salud

Coomeva S. A. - EPS.

Que el señor Ministro de Salud y Protección Social, estudió la manifestación de impedimento formulada por el Superintendente Nacional de Salud, doctor Gustavo Enrique Morales Cobo y con fundamento en lo dispuesto en el artículo 61 literal "h)" de la Ley 489 de 1998 y artículos 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011, expidió la Resolución número 3731 del 13 de noviembre de 2012, mediante la cual se aceptó el impedimento.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º

Nómbrese al Superintendente del Subsidio Familiar, doctor Edmundo Conde Zamorano, como Superintendente Nacional de Salud Ad - Hoc, para que conozca de las actuaciones y decisiones que deban adoptarse en el marco de la medida cautelar de vigilancia especial, decretada mediante Resoluciones número 2628 de 2012 modificada por la Resolución 2974 del mismo año, adoptó medida cautelar de vigilancia especial contra la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo.

Coomeva S. A. - EPS.

Artículo 2º El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá D. C., a los 22 de noviembre de 2012.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

El Ministro de Salud y Protección...

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