DECRETO LOCAL 000010 RD 5993
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5993 11 ENERO 2017 |
Emisor | Alcaldia Local de Rafael Uribe Uribe |
5
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 5993 • pP. 1-5 • 2017 • ENERO • 11
tividades educativas, materiales educativos,
intensidades horarias, contenidos y criterios de
evaluación.
3. Apuestadidáctica,denidadeacuerdoalenfoque
pedagógico.
4. Tipodecerticaciónoconstanciadeconocimien-
tosqueseráexpedidaporlaescuela.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Vinculación de
la población beneficiaria. A la escuela se pueden
vincularlosciudadanosyciudadanasquehabitenen
lalocalidad Cuartade SanCristóbal yque cumplan
conlosrequisitos denidosenlaconvocatoriapor el
Consejo Directivo y el Consejo Pedagógico. La escuela
entodosloscasos,debebrindarcoberturaenlascinco
(5)UPZsdelalocalidaddeSanCristóbal,ycontodas
lasartesy áreasdeformación segúncorrespondaa
los intereses de la comunidad y el proceso de convo-
catoria,asícomoalfomentodenuevosescenarios.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Del presupuesto
anual y recursos materiales.
El presupuesto de la escuela: El presupuesto de la
Escuelade Arte,Cultura yPatrimonio,será denido
por la Administración Local, por lo tanto la materiali-
zación del presente acuerdo corresponde al Fondo de
DesarrolloLocaldeSanCristóbalFDLSC.
Recursos materiales: ParafacilitarlalabordelaEs-
cuela de Arte, Cultura y Patrimonio, La Alcaldía Local
podrárealizarconveniosconorganizacionespúblicas
oprivadasdelalocalidad,enprocura quelaescuela
pueda contar con las instalaciones, los instrumentos
y equipos necesarios para el cumplimiento de sus
objetivos.
PARÁGRAFO: ElFDLSC,deberátenerencuentaen
elproceso decontratación pública,que tengacomo
objetivodarfuncionalidadalaescuela,queestedebe
facilitarla implementacióndela mismadesde else-
gundo trimestre de cada año respectivamente.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO.- Presentación Pú-
blica de la Escuela. El proyecto de Escuela de For-
mación en Cultura, Arte y Patrimonio EFARTE, será
socializado ante la Junta Administradora Local de San
Cristóbal.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO.- Vigencia y derogatoria.
El presente acuerdo local entra en rigor a partir de su
sanciónypublicaciónenelregistrodistrital,yderoga
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los ( ) días del mes de
noviembre del dos mil dieciséis (2016).
GLORIA CONCEPCIÓN CASTILLO PRIETO
JOSÉ ANTONIO CASTELBLANCO ORTIZ
EDILES PONENTES
JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR
AlcaldeLocaldeSanCristóbal
AUTOR
GLORIA CONCEPCIÓN CASTILLO PRIETO
Presidenta Junta Administradora Local
JAL SAN CRISTÓBAL
El Alcalde Local sanciona el presente Acuerdo a
los del mes de noviembre del 2016.
JOSÉ IGNACIO GUTIÉRREZ BOLÍVAR
AlcaldeLocaldeSanCristóbal
ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Decreto Local Número 000010
(Diciembre 19 de 2016)
Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de
Ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Rafael
Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida
entre el 1º de Enero y el 31 de Diciembre del
2017.
EL ALCALDE LOCAL (E)
DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de sus facultades legales y en especial la
que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 de
2010.
CONSIDERANDO:
Quela JuntaAdministradoraLocal aprobóelPresu-
puesto Anual de Ingresos y Gastos para la vigencia
scal de 2017 mediante Acuerdo Local No. 003 de
Diciembre14de2016.
Queen virtuddelo establecidoenel artículo19 del
Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el
presupuesto anual de ingresos y gastos a nivel de
programas y proyectos.
Queenméritodeloexpuesto,
DECRETO LOCAL DE 2016
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba