DECRETO LOCAL 001 RD 5750 - 7 de Enero de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 593949770

DECRETO LOCAL 001 RD 5750

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5750 7 ENERO 2016
EmisorAlcaldia Local de Candelaria
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5750 • pP. 1-56 • 2016 • ENERO 7
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7.9.2.8 Política de puesto de trabajo despejado y
bloqueo de pantalla
La política de escritorio limpio y pantalla limpia aplica
para toda la información de la TRANSMILENIO S.A.
para cual debe tenerse en cuenta la clasicación de
información, requerimientos legales y contractuales y
los correspondientes riesgos y aspectos culturales de
la organización.
Se debe aplicar:
Información sensitiva o crítica del negocio
en papel o en medios de almacenamiento
electrónico debe estar protegida (ideal-
mente en una caja o gabinete) cuando no
se requiera, especialmente cuando no hay
nadie en la ocina.
Los computadores y terminales se deben
dejar con las sesiones terminadas o pro-
tegidas con un mecanismo de bloqueo
de pantalla y teclado controlado por una
contraseña, cuando están desatendidos.
Uso no autorizado de fotocopiadoras y otra
tecnología de reproducción como scanners
y cámaras digitales se debe prevenir.
Documentos con información clasicada o
sensitiva deben removerse de impresoras
tan pronto como sea posible.
ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA
Decreto Local Número 001
(Enero 4 de 2016)
“Por el cual se convoca a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local”
EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA (E)
en uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el Artículo 71 del Decreto Ley
1421 de 1993 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993
REUNIONES.- Inciso nal Reza.- “También se reu-
nirán extraordinariamente por convocatoria que les
haga el respectivo Alcalde. En este evento sesionarán
por el término que señale el Alcalde y únicamente se
ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su
consideración”.
Que la Junta Administradora Local terminó sesiones
ordinarias el día 31 de diciembre de 2015.
Que en el Instituto Distrital de Turismo mediante ocio
N° 2015EE3408 de fecha 30-11 2015 el cual reza en
el ASUNTO “Remisión de observaciones y solicitud
de adopción de medidas urgentes. Concepto técnico
sobre delegación Consejo Local de Turismo radicado
IDT 2015ER1956. En el cual invitan a la Corporación
para que genere los mecanismos de comunicación
especiales y urgentes con que se pueda derogar el
Acuerdo Local 12 de 2014 ( El Despacho corrige el
numero correcto es 008 de 2014), teniendo en cuenta,
que este tema ya fue abordado por las autoridades
Distritales Concejo de Bogotá mediante el acuerdo 305
de 2007 “Por el cual se establecen los lineamientos de
la Política Publica Distrital de Turismo para Bogotá”. Y
por la Administración Distrital mediante Decreto 327
de 2008 “Por el cual se adopta la Política Distrital de
Turismo para Bogotá”.
Que el Acuerdo Distrital 284 de 2007 ordenaba la
creación del Consejo Local de Sabios y Sabias, lo cual
efectivamente se hizo mediante Acuerdo Local 07 de
2013, Al entrar en vigencia el Acuerdo Distrital 608 de
2015, derogando taxativamente el Acuerdo Distrital
284 de 2007, se hace necesario que esta instancia
local se adecúe a la norma nueva y actualmente vi-
gente en mención.
Que el Decreto 032 de 2007 “Por el cual se regla-
menta el Acuerdo 12 de 1994, en lo referente al
Consejo Territorial de Planeación Distrital” Artículo
6. Designación de Ediles en el CTPD. Durante la
primera semana de la posesión del Alcalde Mayor,
la Secretaría Distrital de Gobierno procederá a citar
a sesiones extraordinarias a las Juntas Administra-
doras Locales (JAL), con el único objeto de designar
el representante de dicha Corporación ante el CTPD.
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraor-
dinarias por el periodo comprendido entre el ocho (8)
de enero al veintidós (22) de enero (2016) inclusive,
con el n de que la Junta Administradora Local se pro-
nuncie sobre la invitación elevada ante la Alcaldía y la
Corporación por el Instituto Distrital de Turismo, sobre
la derogatoria del Acuerdo Local No. 008 de 2014.
ARTÍCULO SEGUNDO: Se deberá actualizar la instan-
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