DECRETO LOCAL 003 RD 5760 - 22 de Enero de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 593987430

DECRETO LOCAL 003 RD 5760

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5760 22 ENERO 2016
EmisorAlcaldia Local de Candelaria
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5760 • pP. 1-6 • 2016 • ENERO 22
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ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a
partir de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los diecinueve (19) días del
mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
JAIRO LEON VARGAS
Alcalde Local de San Cristóbal
ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA
Decreto Local Número 003
(Enero 20 de 2016)
“Por el cual se convoca a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local”
EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA (E)
en uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el Artículo 71 del Decreto Ley
1421 de 1993 Decreto Nacional 1350 de 2005
Decreto Distrital 011 de 2008 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 71 del Decreto Ley 1421 de 1993
REUNIONES.- Inciso nal Reza.- “También se reu-
nirán extraordinariamente por convocatoria que les
haga el respectivo Alcalde. En este evento sesionarán
por el término que señale el Alcalde y únicamente se
ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su
consideración”.
Que mediante memorando Radicado Orfeo N°
20164110021653 de 19/01/2016 de la Subsecretaría
de Asuntos Locales suscrito por el señor Subsecretario
de Asuntos Locales y Desarrollo Ciudadano, publicado
en el Orfeo del Alcalde Local de la Candelaria a las 10
a,m, del dia 19 de enero, mediante el cual remite la
“Circular N° 003 de 2016 Instructivo para el proceso
de integración de ternas para la designación de Al-
caldes y Alcaldesas Locales 2016-2019 y solicitud de
convocatorias a sesiones extraordinarias a las Juntas
Administradoras Locales”
Que mediante la Circular N° 003 de 2016 de fecha 18
de enero de 2016 El Secretario de Gobierno ja los
criterios y parámetros que es necesario observar para
el proceso de integración de ternas para la designación
de Alcaldes y Alcaldesas locales 2016-2019, solicitan-
do el cumplimiento de los lineamientos y acatamiento
de los términos señalados para el mismo.
Que en la Circular 003 de 2016, en la ETAPA 1° ACTUA-
CION PREVIA REZA “El Alcalde o Alcaldesa Local podrá
citar a Sesiones Extraordinarias a partir del 20 de enero y
hasta el 29 de febrero de 2016, teniendo en cuenta que
hace parte de las atribuciones de las Juntas Administra-
doras Locales realizar la conformación de las ternas para
la designación de Alcalde (sa) Local, conforme lo prevén
el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto Nacional 1350
de 2005 y el Decreto Distrital 011 de 2008”.
Que si bien es cierto, mediante Decreto Local No. 001
de 2016 se citó a extraordinarias a la Junta Administra-
dora Local a n de que la Corporación se pronunciara
sobre tres (3) temas especícos que se consagraron en
el aparte de DECRETA así: ARTÍCULO PRIMERO:
Convocar a sesiones extraordinarias por el periodo
comprendido entre el ocho (8) de enero al veintidós
(22) de enero (2016) inclusive, con el n de que la Junta
Administradora Local se pronuncie sobre la invitación
elevada ante la Alcaldía y la Corporación por el Instituto
Distrital de Turismo, sobre la derogatoria del Acuerdo
Local No. 008 de 2014. ARTÍCULO SEGUNDO: Se
deberá actualizar la instancia de participación Consejo
Local de Sabios y Sabias a n de derogar el Acuerdo
Local 07 de 2013 y proferir el nuevo en el marco del
Acuerdo Distrital 608 de 2015 actualmente vigente.
ARTÍCULO TERCERO: Adelantar el tramite ordena-
do por el Decreto Distrital 032 de 2007 Art. 6 a n de
designar representante de la Corporación al Consejo
Territorial de Planeación Distrital.”
Que también es cierto que en el día 20 de enero de
2016 mediante radicado de Orfeo 2016-172-000297-2
Ocio JAL 17 No. 019-2016 la Junta Administradora Lo-
cal maniesta que PARRAFO 5 “Teniendo en cuenta
como ya se explicó que fueron evacuados los temas
para los cuales fuimos convocados mediante Decreto
Local 001 de enero de 2016, no se sesionara los días
21 y 22 del presente mes por agotamiento del tema”.
PARRAFO 6 “Considero pertinente iniciar a tratar en
la JAL los temas relacionados en la Circular 003”
En mérito de lo anterior,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraor-
dinarias por el periodo comprendido entre el 21 de
enero al 29 de febrero de 2016 inclusive, con el n de
que la Junta Administradora Local inicie el proceso de
integración de terna para la designación de Alcaldes y
Alcaldesas Locales según sus atribuciones legales y el
acatamiento de la Circular 003 de 2016, suscrita por
el Señor Secretario de Gobierno de Bogotá.
ARTÍCULO SEGUNDO: Entréguese a la Junta Admi-
nistradora Local con el presente Decreto y en forma
ocial la Circular 003 de 2016 antes mencionada en 8
folios con su respectivo ocio remisorio suscrito por el
Señor Subsecretario de Asuntos Locales y Desarrollo
Ciudadano

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