DECRETO LOCAL 003 RD 6093 - 8 de Junio de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 690920005

DECRETO LOCAL 003 RD 6093

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6093 8 JUNIO 2017
EmisorAlcaldia Local de Bosa
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6093 • pP. 1-8 • 2017 • JUNIO 8
8
ARTÍCULO TERCERO: Será responsabilidad de todos
los Directivos de la entidad de los niveles central, local
e institucional, la permanente actualización, implemen-
tación, divulgación, aplicación y el seguimiento de los
documentos a su cargo.
En caso de que las áreas identiquen la necesidad de
intervenir sus documentos con el n de complemen-
tarlos o mejorarlos, deberán solicitar a la Ocina Ase-
sora de Planeación, la asesoría y el acompañamiento
en el levantamiento y documentación, por medio de
requerimiento en el aplicativo del Sistema Integrado
de Gestión.
ARTÍCULO CUARTO: Los documentos adoptados
en la presente resolución serán difundidos de manera
general por la Ocina Asesora de Planeación en toda
la entidad y áreas afectadas; a su vez los directivos
de las áreas competentes tendrán la responsabilidad
de la socialización, implementación y seguimiento de
los documentos con los funcionarios que intervienen
en ellos.
ARTÍCULO QUINTO: Los documentos que soportan
la presente resolución reposarán para consulta en el
archivo de la entidad y en medio magnético en el apli-
cativo del Sistema Integrado de Gestión vigente al cual
pueden acceder usuarios internos y externos por medio
de la página web www.educacionbogota.edu.co., los
cuales harán parte integral de la presente resolución.
ARTICULO SEXTO: Conforme a la normatividad vi-
gente corresponde a la Ocina de Control Interno velar
por el cumplimiento de los procedimientos del manual
de procedimientos.
ARTÍCULO SÉPTIMO: La presente resolución rige a
partir de la fecha de su expedición y deroga las dispo-
siciones que le sean contrarias:
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes
de junio de dos mil diecisiete (2017).
CÉSAR MAURICIO LÓPEZ ALFONSO
Jefe Ocina Asesora de Planeación
Secretaría de Educación del Distrito
ALCALDÍA LOCAL DE BOSA
Decreto Local Número 003
(Junio 2 de 2017)
“Por medio de la cual se restringe temporalmente
el cargue y descargue de materiales, escombros
y desechos de construcción dentro del perímetro
del Plan Parcial Edén - El Descanso ubicado en la
localidad Séptima de Bosa Bogotá D.C.”
LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA (E.)
En uso de sus facultades legales en especial
las conferidas por el Artículo 86 del Decreto Ley
1421 de 1993,
CONSIDERANDO
Que con fundamento en lo prescrito en los artículos
51 y 58 de la Constitución Política de 1991, mediante
los cuales “Todos los colombianos tienen derecho a
vivienda digna. El Estado jará las condiciones ne-
cesarias para hacer efectivo este derecho (...)” “Se
garantizan la propiedad privada y los demás derechos
adquiridos con arreglo a las leyes civiles, los cuales
no pueden ser desconocidos ni vulnerados por Leyes
posteriores (...)”.
Que la Ley 9 de 1989, en el artículo 69 establece “Los
Alcaldes municipales, el del Distrito Especial de Bogotá
y el Intendente de San Andrés y Providencia, de ocio,
o a solicitud de cualquier ciudadano directamente o por
conducto de la Personería Municipal, podrán iniciar
las acciones policivas tendientes a ordenar la des-
ocupación de predios y el lanzamiento de ocupantes
de hecho cuando el propietario o su tenedor no haya
incoado la acción a que se reere la Ley 57 de 1905
y su Decreto Reglamentario 992 de 1930, siempre
que la ocupación o los asentamientos ilegales que
se hayan efectuado, se estén llevando a cabo o que
sea previsible determinar que se efectuarán, a juicio
del Alcalde o Intendente, atenten o puedan presentar
riesgo para la comunidad o cualquier ciudadano o
vayan contra las normas de urbanismo y planeación
de la localidad ”. (...)
Que en cuanto al control urbano lo ejercen las Alcaldías
Locales, conforme al Decreto Ley 1421 de 1993, en
su Artículo 86, que establece: “ARTÍCULO.- 86. Atri-
buciones. Corresponde a los alcaldes locales: (...) 6.
Vigilar el cumplimiento de las normas vigentes sobre
desarrollo urbano, uso del suelo y reforma urbana. De
acuerdo con esas mismas normas expedir o negar los
permisos de funcionamiento que soliciten los particu-
lares. Sus decisiones en esta materia serán apelables
ante el jefe del Departamento Distrital de Planeación,
o quien haga sus veces. 7. Dictar los actos y ejecutar
las operaciones necesarias para la protección, recu-
peración y “Credibilidad y conanza en el control” 5
conservación del espacio público, el patrimonio cultu-
ral, arquitectónico e históricos, los monumentos de la
localidad, los recursos natura les y el ambiente, con
DECRETOS LOCALES DE 2017

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR