DECRETO LOCAL 005 RD 5762 - 27 de Enero de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 593987522

DECRETO LOCAL 005 RD 5762

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5762 27 ENERO 2016
EmisorAlcaldia Local de Bosa
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRiTO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5762 • pP. 1-7 • 2016 • enero 27
tomadas en el mismo sean conocidas y difundidas
en el Comité Local de Justicia Transicional.
ARTÍCULO 11°.- Conformación de mesas temáticas
de trabajo: En concordancia con los componentes de
la política pública de prevención, protección, asisten-
cia, atención y reparación integral a las víctimas del
conicto armado interno en cada una de las localidades
de Bogotá D.C., se conformarán mesas temáticas
de trabajo del Comité Local de Justicia Transicional,
como instancia previa con el n de debatir los temas
que se presentarán en la plenaria del mismo para
decisión nal.
Parágrafo primero: Las Mesas serán denidas en la
primera sesión de trabajo del Comité Local de Justicia
Transicional de la localidad de San Cristóbal, como es-
pacios de interlocución con el n de hacer seguimiento
y evaluar el proceso de implementación del Plan de
Acción Local-PAL, presentando los correspondientes
avances y dicultades.
ARTÍCULO 13°.(Sic)- Funcionamiento de las me-
sas temáticas de trabajo. El funcionamiento de las
mesas temáticas se rige por las normas establecidas
para el funcionamiento del Comité Local de Justicia
Transicional, cada referente territorial por compo-
nente y eje transversal de política pública de la Alta
Consejería para los Derechos de las Víctimas, la Paz
y la Reconciliación deberá convocar y ejercer la Se-
cretaría Técnica enviando oportunamente las actas de
las reuniones y demás documentos de avance de las
gestiones a la Secretaría Técnica del Comité Local de
Justicia Transicional.
Cada responsable se determinará de acuerdo a los
componentes y ejes transversales de la política pú-
blica así:
Mesa temática de Asistencia y Atención – Estabi-
lización Socioeconómica
Mesa temática de Prevención, Protección y Ga-
rantías de no Repetición
Mesa temática de Reparación Integral -Participa-
ción Efectiva de Víctimas
Mesa temática de Memoria Paz y Reconciliación
Mesa temática de Sistemas de Información
ARTÍCULO 14°.- Coordinación de los Comités Loca-
les de Justicia Transicional con el Comité Distrital
de Justicia Transicional. La Secretaría Técnica del
Comité Distrital de Justicia Transicional tendrá la res-
ponsabilidad de garantizar que los aspectos surgidos al
interior de los Comités Locales de Justicia Transicional-
CLJT , relativos al diseño e implementación de la
política a favor de las víctimas en los territorios y que
requiere de estudio y análisis del Comité, sean tenidos
en cuenta durante las sesiones de éste, de acuerdo a
lo establecido en la Resolución N° 036 de 2014 “Por
medio de la cual se adopta el Reglamento del Comité
Distrital de Justicia Transicional”.
Para el efecto, la Secretaría Técnica del Comité de-
signará un enlace permanente con el Comité Local de
Justicia Transicional que coordine esa articulación.
Dicho enlace tendrá la responsabilidad de asegurar
que las decisiones tomadas por el Comité Distrital de
Justicia Transicional-CDJT sean conocidas y difundi-
das en el Comité Local de Justicia Transicional, y a su
vez las decisiones que sean tomadas por el Comité
Local de Justicia Transicional- CLJT sean conocidas
y evaluadas por el Comité Distrital de Justicia Transi-
cional- CDJT
ARTÍCULO 15°: Vigencia. El presente Decreto rige
a partir de la fecha de su publicación y deroga todas
las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los diecinueve (19) días
del mes de enero de dos mil dieciséis (2016).
JAIRO LEÓN VARGAS
Alcalde Local de San Cristóbal.
ALCALDÍA LOCAL DE BOSA
Decreto Local Número 005
(Enero 22 de 2016)
“Mediante el cual se reestructura el Consejo
Local de Política Social de Bosa”.
LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA
En ejercicio de sus facultades legales y en
especial las conferidas por el artículo 38, nume-
rales 5º, 6º y 7º del Decreto Ley 1421 de 1993, el
Decreto 460 de 2008, modificado por el Decreto
Distrital 527 de 2014, el artículo 45 de la Ley 489
de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que la alcaldía local tiene competencias y responsabi-
lidades en materia de elaboración de la política social
en la Localidad.
Que el artículo 202 de la Ley 1098 de 2.006, establece
como objetivos de las políticas públicas de Infancia y
Adolescencia las siguientes:

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