DECRETO LOCAL 006 RD2618. - 18 de Abril de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449166638

DECRETO LOCAL 006 RD2618.

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2618 18 ABRIL 2002
EmisorAlcaldia Local de Rafael Uribe Uribe
6Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2618 Pp. 1-6
2.002 - Abril - 18
Año 36
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MANUEL ARMANDO DIAZ PALACIOS
Alcalde Local
ALCALDIA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Decreto Local Número 006
(Abril 17 de 2002)
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En ejercicio de las facultades legales y en
especial las conferidas por el Artículo 322 de
Decreto 01 de 1984, y el decreto 1421 de
1993, y
CONSIDERANDO :
1. Que de conformidad con lo estipulado en el inciso
2º. Del artículo 71 del Decreto 1421 de 1993, las Jun-
tas Locales se reunirán extraordinariamente por convo-
catoria que haga el Alcalde Local, por el término y para
tratar los asuntos indicados por este.
2. Que se hace necesario convocar las sesiones extraor-
dinarias a fin de que se estudie y apruebe la adición
presupuestal por valor de $4.131.617.139.37 (Cuatro
Mil Ciento Treinta y Un Millones Seiscientos Diecisiete
mil Ciento treinta y nueve pesos con 37/100 m/cte.) en
el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e In-
versiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe
Uribe para la vigencia fiscal de 2001, por concepto de
EXCEDENTES FINANCIEROS.
3. Que en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Convocar a sesiones extraordi-
narias de la Junta Administradora Local, por el periodo
comprendido del 18 al 23 de Abril de 2002, con el obje-
to de estudiar y discutir una adición presupuestal por
valor de $4.131.617.139.37 (Cuatro Mil Ciento Treinta
y Un Millones Seiscientos Diecisiete mil Ciento treinta y
nueve pesos con 37/100 m/cte.) en el Presupuesto de
Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo
de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, a los Diecisiete (17) días del
mes de Abril de 2002.
ALVARO ACEVEDO LEGUIZAMON
ALCALDE LOCAL
Convenios
CONVENIO INTERADMINISTRATIVO NÚMERO 1-086-
2002 ENTRE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C., Y LA
SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DISTRITAL
Entre las suscritas LILIANA CABALLERO DURÁN, mayor
de edad, vecina de la ciudad de Bogotá, identificada con
la cédula de ciudadanía No. 41.656.806 de Bogotá, en su
condición de Secretaria General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C., de acuerdo con el Decreto 001 de 2001,
posesionada mediante el Acta No. 001 de 2 enero de
2001, en uso de las facultades legales otorgadas en los
Decretos Distritales 150 de 1997 y 854 de 2001, quien
en adelante se denominará SECRETARÍA GENERAL y
CECILIA MARÍA VELEZ WHITE, identificada con la cédula
de ciudadanía No. 32.489.688 deMedellin, en su calidad
de Secretaria de Educación Distrital, nombrada mediante
Decreto Distrital 033 del 14 de Enero de 1998, y del cual
tomó posesión el 15 de enero de 1998, según Acta No.
029, ratificada en el cargo mediante Decreto 001 de 1 de
Enero de 2001 y debidamente facultada, quién en adelan-
te se denominará ENTIDAD PARTICIPANTE; hemos con-
venido celebrar el presente Convenio Interadministrativo
que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA.-
OBJETO: Garantizar en forma permanente, los servicios
de información, ya sea Remota, Local o Centralizada; de
acuerdo con los anexos técnicos si estos existieren, para
facilitar su consulta a través de los diferentes canales de
distribución de la Red Capital de Servicio al Ciudadano,
distribuidos dentro de la ciudad de Bogotá, D.C., PARÁ-
GRAFO PRIMERO. VOCABULARIO. Para claridad de los
términos utilizados en el presente Convenio
Interadministrativo, a continuación se relacionan las
definiciones pertinentes: A. SERVICIO PERMANENTE:
Se entiende por servicio permanente, la atención al
cliente en el horario normal y extendido que establezca la
Gerencia del Programa CADE en los quioscos multimedia,
estaciones remotas, el centro de contacto, internet u otro
mecanismo que permita la distribución a través de cual-
quier canal de interacción de la Red Capital de Servicio al
Ciudadano. B. INFORMAClÓN REMOTA: Información
Remota es el enlace con los sistemas o bases de datos de

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