DECRETO LOCAL 008 RD 6141 - 23 de Agosto de 2017 - Registro distrital - Legislación - VLEX 692325469

DECRETO LOCAL 008 RD 6141

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6141 23 AGOSTO 2017
EmisorAlcaldia Local de Usme
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6141 • pP. 1-72 • 2017 • AGOSTO 23
72
3-1-2-02 Adquisición de Servicios $ 11.012.583
3-1-2-02-08 Servicios Públicos $ 11.012.583
3-1-2-02-08-02 Acueducto y Alcantarillado $9.341.745
3-1-2-02-08-03 Aseo $1.670.838
ALCALDÍA LOCAL DE USME
Decreto Local Número 008
(Agosto 4 de 2017)
“Por el cual se convoca a sesiones
extraordinarias a la Junta Administradora Local”
EL ALCALDE LOCAL DE USME
En uso de sus facultades legales, en especial
las conferidas por el Articulo 71 del Decreto Ley
1421 de 1993 y
CONSIDERANDO
Que el inciso segundo del artículo 71 del Decreto Ley
1421 de 1993 prevé que las Juntas Administradoras
Locales se reunirán extraordinariamente por convo-
catoria que les haga el respectivo alcalde. En este
evento sesionaran por el término que señale el alcalde
y únicamente se ocuparan de los asuntos que el mismo
someta a su consideración.
Que de conformidad con el literal c del numeral 2 del
artículo 31 del Decreto 372 de 2010 “Si persistiera el
saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al
monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas
al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá
este ser adicionado por el F.D.L. mediante acuerdo
JAL, de acuerdo con la distribución que efectué el
CONFIS, quien para el efecto consultara criterios de
eciencia y los conceptos de los Alcaldes Locales
correspondientes”.
Que de acuerdo con la Circular No. 02 de 2017 emitida
por el CONFIS y de conformidad con lo establecido
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto Local
rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los treinta y un (31) días
del mes de julio de dos mil diecisiete (2017)
JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA
Alcalde Local de Usme
en los Artículos 10 y 78 del Decreto Distrital 714 de
1996, del Articulo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010,
y con la sesión No. 03 del 30 y 31 de marzo de 2017,
se determinó que la localidad debe distribuir exceden-
tes nancieros por el valor de CIENTO NOVENTA Y
OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES
MIL TRECIENTOS DIECIOCHO ($198.283.318).
Que mediante comunicación No. 2-2017-17747 de
fecha veintiséis (26) de abril de 2017, la Secretaria Dis-
trital de Planeación, conceptúa favorablemente sobre
la modicación de la inversión por CIENTO NOVENTA
Y OCHO MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y
TRES MIL TRECIENTOS DIECIOCHO ($198.283.318)
en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos
e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usme,
para la presente vigencia scal.
Que en mérito de lo expuesto anteriormente,
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordi-
narias por el periodo comprendido entre el Nueve (09)
al Doce (12) de Agosto de dos mil diecisiete (2017)
inclusive, con el n de que la Junta Administradora
Local adelante estudio, evaluación y aprobación del
Acuerdo Local “Por el cual se efectúa una Adición al
Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo
de Desarrollo Local de Usme para la vigencia scal
de 2017”.
ARTICULO SEGUNDO: El presente Decreto Local
rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Dado en Bogotá, D. C., a los cuatro (04) días del
mes de agosto de dos mil diecisiete (2017).
JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA
Alcalde Local de Usme

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