DECRETO LOCAL 29 RD 3327 - 18 de Mayo de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447990870

DECRETO LOCAL 29 RD 3327

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3327 18 MAYO 2005
EmisorAlcaldia Local de Rafael Uribe Uribe
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3327 • pP. 1-11 • 2005 • MAYO 18 11
CODIGO NOMBRE VALOR
3 3 INVERSIÓN 270.000.000.00
3 3 1 DIRECTA 270.000.000.00
3 3 1 12 SUMAPAZ Sin indiferencia, un Compromiso Social contra
la Pobreza y la Exclusión 270.000.000.00
3 3 1 12 01 EJE SOCIAL 270.000.000.00
3 3 1 12 01 03 Salud para la vida Digna
3 3 1 12 01 03 0105 Promoción de ambientes saludables a escolares, familias
campesinas y trabajadores agrícolas 205.750.000.00
3 3 1 12 01 03 0106 Atención integral a población en condiciones de vulnerabilidad
social con énfasis en adulto mayor, discapacitados y buen
trato familiar 64.250.000.00
TOTAL 270.000.000.00
ARTÍCULO SEGUNDO.- Efectúese un crédito en el
Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz, así:
CODIGO NOMBRE VALOR
3 3 INVERSIÓN 270.000.000.00
3 3 1 DIRECTA 270.000.000.00
3 3 1 12 SUMAPAZ Sin indiferencia, un Compromiso Social contra
la Pobreza y la Exclusión 270.000.000.00
3 3 1 12 01 EJE SOCIAL 270.000.000.00
3 3 1 12 01 03 Salud para la vida Digna
3 3 1 12 01 03 0104 Construcción, mantenimiento y dotación de infraestructura
hospitalaria y de acueductos y alcantarillados veredales para
mejorar las condiciones de salubridad en la población del
Sumapaz 270.000.000.00
TOTAL 270.000.000.00
ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir
de la fecha de su publicación
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 17 días del mes
de mayo del 2005.
MARIO UPEGUI HURTADO
Alcalde Local de Sumapaz
ALCALDÍA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
Decreto Local Número 29
(Mayo 16 de 2005)
Por el cual se convoca al X Foro Educativo en la
Localidad 18 Rafael Uribe Uribe para el año 2005.
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de sus facultades, y
CONSIDERANDO:
ce que la comunidad educativa participará en la direc-
ción de Instituciones de Educación.
Que la Ley 115 de 1994 en su titulo VIII capítulo 3
sección segunda creo los foros educativos naciona-
les, Departamentales, Distritales, Municipales y seña-
ló sus objetivos y organización periódica.
Que el Articulo 164 de la Ley 115 de 1994 crea los
foros Educativos con el fin de reflexionar sobre el es-
tado de la educación y hacer recomendaciones a las
autoridades educativas respectivas para el mejoramien-
to de la calidad y ampliación de la cobertura del servi-
cio educativo.
Que el Articulo 165 de la Ley 115 de 1994 dispone que

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