DECRETO LOCAL 011 RD 4949 - 21 de Agosto de 2012 - Registro distrital - Legislación - VLEX 435183714

DECRETO LOCAL 011 RD 4949

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4949 21 AGOSTO 2012
EmisorAlcaldia Local de Puente Aranda
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 46 • Número 4949 • pP. 1-122 • 2012 • AGOSTO 21
122
CREDITOS
MODIFICACIONES
3 GASTOS 15.000.000
31 FUNCIONAMIENTO 15.000.000
312 GASTOS GENERALES 15.000.000
3 1 2 :02 Adquisición de Servicios 1.798.000
312:02 :03 Gastos de transporte y Comunicación 1.798.000
3 1 2 :02 :05 Mantenimiento y Reparaciones 5.000.000
312:02 :05 :01 Mantenimiento Entidad 5.000.000
3 1 2 :02 :06 Seguros 8.202.000
312:02 :06 :05 Seguros de salud ediles 8.202.000
SUMAN LOS CREDITOS 15.000.000
El presente Decreto rige a partir de la fecha de su
expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Bogotá, D.C., a los catorce (14) días del mes de
agosto de dos mil doce (2012).
GIOVANNI ALEXANDER MONROY PARDO
Alcalde Local de Antonio Nariño
ALCALDÍA LOCAL DE PUENTE ARANDA
Decreto Local Número 011-2012
(Agosto 16 de 2012)
“Por medio del cual se prorrogan las sesiones
extraordinarias de la JUNTA ADMINISTRADORA
LOCAL DE PUENTE ARANDA.
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
en ejercicio de sus facultades legales y en espe-
cial por las conferidas en el Decreto No 1421/93
y atendiendo lo dispuesto en el Decreto 372 de
2010.
CONSIDERANDO:
Que el inciso segundo del Artículo 71 del Decreto 1421
de 1993 prevé que los ediles se reunirán extraordina-
riamente por convocatoria que le haga el respectivo
alcalde local, debiendo sesionar por el termino que
señale el Alcalde y únicamente se ocuparan de los
asuntos que el mismo someta a consideración
Que de conformidad con el Artículo 71 del Decreto
1421 de 1993 las JUNTAS ADMINISTRADORAS
LOCALES se reúnen ordinariamente por derecho
propio cuatro veces al año así: el primero de Marzo,
el primero de Junio, el primero de septiembre, y el
primero de Diciembre.
Que la administración convoco a la Junta Administrado-
ra Local a sesiones extraordinarias para la aprobación
del Plan de desarrollo.
Que la Junta Administradora Local solicito mediante
ocio la prórroga de tres de días adicionales a los
convocados inicialmente.
Que es necesario que la aprobación y radicación se
haga en un día hábil por lo tanto se prorrogaran las
sesiones por cuatro días.
Que la administración considera pertinente esta pró-
rroga con el objeto de lograr la aprobación del Plan
de Desarrollo.
Que en merito de lo anteriormente expuesto
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar el tiempo de con-
vocatoria a sesiones extraordinarias a la JUNTA AD-
MINISTRADORA LOCAL por el periodo comprendido
entre los días 24 y el 27 de Agosto de 2012 inclusive.
Con el n de estudiar y aprobar el Plan de Desarrollo
Local 2013 – 2016.
Dado en Santa Fe de Bogotá a los 16 (DIEZ Y
SEIS) días del mes de Agosto de 2012.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
CESAR HENRY MORENO TORRES
Alcalde Local

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