DECRETO LOCAL 003-017 RD 4674
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 4674 16 JUNIO 2011 |
Emisor | Alcaldia Local de Candelaria |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4674 • pP. 1-28 • 2011 • JUNIO • 16
28
Que Conforme al numeral 10 del artículo 19 del Acuer-
do 010 de 2010, expedido por el Consejo Directivo de
la UMV, se faculta al Director General, para “Expedir
los actos administrativos que por su naturaleza co-
rrespondan a la Unidad (…) para el desarrollo de sus
funciones, (…) de acuerdo con las normas legales
vigentes” .
Que de conformidad con el numeral 9 del artículo 6
del Acuerdo 011 del 12 de octubre de 2010 del Con-
sejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial
de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, corresponde
a la Secretaría General de la UMV: “diseñar y aplicar
los mecanismos tendientes a la recepción, trámite y
resolución oportuna de quejas, reclamos y sugerencias
que los usuarios formulen relacionados con el cumpli-
miento de la misión de la Unidad (…)”
Que con fundamento en las anteriores normas y di-
rectrices se designará a quien ejercerá como
Defensor del ciudadano y su suplente al interior
de la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE
REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL, cuyo
objetivo principal será velar porque los ciudadanos
y ciudadanas obtengan respuestas oportunas a sus
requerimientos, quejas y reclamos y se establezcan
mecanismos de participación en el diseño y presta-
ción de los servicios al ciudadano. Para tales efectos,
se designará al Secretario General de la Unidad de
Mantenimiento Vial quien ejercerá como Defensor del
Ciudadano y su suplente al profesional Universitario
Código 2 19 Grado 02 y se señalará el marco en el
cual desarrollará dicha labor.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Adoptar la gura del Defensor(a) del
Ciudadano (a), cuyo objetivo principal será el de veri-
car el cumplimiento de la Política Distrital de Servicio al
Ciudadano, velar porque los ciudadanos y ciudadanas
obtengan respuestas oportunas a sus requerimientos,
se resuelvan las quejas y reclamos y se establezcan
mecanismos de participación en el diseño y prestación
de sus servicios.
ARTÍCULO 2.- Designar como Defensor (a) del Ciuda-
dano (a) en la UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DE REHABILITACIÓN Y MANTENIMIENTO VIAL al
Secretario General y como suplente al profesional
Universitario Código 2 19 Grado 02, quienes no podrán
delegar dicha labor.
ARTÍCULO 3.- Serán principios orientadores del ejerci-
cio como Defensor del Ciudadano los de imparcialidad,
transparencia, objetividad y celeridad.
ARTÍCULO 4.- Objetivos Especícos del Defensor (a)
del Ciudadano (a):
a) Ser vocero de los ciudadanos y ciudada-
nas o usuarios para la protección de sus
derechos;
b) Conocer y hacer seguimiento en forma
objetiva a los requerimientos o quejas
de los ciudadanos y ciudadanas por el
posible incumplimiento de las normas
legales o internas que rigen el desarrollo
de los trámites o servicios que presta la
entidad.
c) Promover y divulgar entre los ciudadanos
y ciudadanas la gura del Defensor del
Ciudadano y el alcance de sus activida-
des.
d) Presentar a la entidad un informe semes-
tral, sobre la gestión, mediante el cual
pueda sugerir y proponer estrategias
para el mejoramiento de la atención o
servicio en la UNIDAD ADMINISTRATI-
VA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y
MANTENIMIENTO VIAL.
ARTÍCULO 5.- Dentro del mes siguiente a la publi-
cación del presente acto, el Defensor del Ciudadano
designado como tal deberá presentar su propuesta de
Plan Estratégico y de Gestión para el desarrollo de las
actividades propias de la gura.
ARTÍCULO 6.- El presente acto rige a partir de la fecha
de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los trece (13) días del
mes de mayo de dos mil once (2011).
IVÁN ALBERTO HERNÁNDEZ DAZA
Director General.
ALCALDÍA LOCAL DE LA CANDELARIA
Decreto Local Número 003-017
(Junio 10 de 2011)
Por el cual se efectua un traslado presupuestal
para la vigencia scal de 2011.
DECRETOS LOCALES DE 2011
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