DECRETO LOCAL 003 RD 3548 - 30 de Mayo de 2006 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448000654

DECRETO LOCAL 003 RD 3548

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3548 30 MAYO 2006
EmisorAlcaldia Local de Barrios Unidos
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 40 • Número 3548 • pP. 1-5 • 2006 • MAYO 30 5
autorregulación y solo cuando la autoridad ambiental
lo apruebe dará aviso a la Secretaría de Tránsito y
Transporte para que se aplique la excepción.
PARÁGRAFO CUARTO. EL DAMA mediante acto ad-
ministrativo definirá el procedimiento y cronograma para
hacer efectivo lo dispuesto en el parágrafo anterior.
PARÁGRAFO QUINTO: La medida de restricción
vehicular a que se refiere este artículo se aplicará a
partir del 1o. de octubre de 2006, a quienes no les sea
aprobado por el DAMA "Programa de Autorregulación
Ambiental".
ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. A partir del 01 de
serptiembre de 2006, los vehículos vinculados al Sis-
tema TRANSMILENIO - bien sean articulados o
alimentadores - , deberán cumplir con «Programas de
Autorregulación Ambiental» que serán aprobados y
verificados por la autoridad ambiental - DAMA.
ARTÍCULO DÉCIMO SEGUNDO. Ordenar al IDU, a la
Secretaría de Obras Públicas y a la EAAB incluir el
criterio ambiental, para priorizar la ejecución de las
obras de infraestructura relacionadas con la malla vial
y de acueducto y alcantarillado de la ciudad, en las
zonas clasificadas como áreas-fuente de contamina-
ción alta en el artículo primero del presente Decreto.
ARTÍCULO DÉCIMO TERCERO. Ordenar al DAMA y
al Jardín Botánico José Celestino Mutis que de forma
conjunta y coordinada establezcan una Plan de
Arborización Distrital, en las áreas-fuente menciona-
das en el artículo primero del presente decreto.
ARTÍCULO DÉCIMO CUARTO. Ordenar al DAMA co-
ordinar con la Secretarías de Gobierno, Tránsito y
Transporte, Salud y las Alcaldías Locales de Puente
Aranda, Fontibón y Kennedy, la ejecución de las medi-
das de que trata el presente decreto, así como la inte-
gración de éstas al Programa de Reducción de la Con-
taminación Atmosférica respectivo, y la ejecución de
las demás medidas complementarias, en armonía con
las directrices del Plan de Gestión Ambiental Distrital.
ARTÍCULO DÉCIMO QUINTO. El DAMA evaluará en
Septiembre del año 2007 los avances derivados de las
medidas de contingencia tomadas para la reducción
de la contaminación en las área-fuente Clase I; de
acuerdo con ello, determinará, mediante estudios téc-
nicos y los datos obtenidos por la Red de Monitoreo de
la Calidad del Aire de Bogotá (RMCAB), si la clasifica-
ción adoptada en este Decreto se mantiene por el año
inmediatamente siguiente o si por el contrario, es ne-
cesario reclasificar las área-fuente de conformidad con
los parámetros de excedencia dispuestos en los De-
cretos 948 de 1995 y 979 de 2006. En el caso de
mantenerse la clasificación, podrá examinarse la per-
tinencia de tomar medidas de contingencia adiciona-
les a las contenidas en el presente Decreto.
ARTÍCULO DÉCIMO SEXTO. VIGENCIA Y DEROGA-
TORIAS. El presente Decreto rige a partir de la fecha
de su publicación y deroga las disposiciones que le
sean contrarias.
PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del
mes de mayo de dos mil seis (2006).
LUIS EDUARDO GARZÓN
Alcalde Mayor
JUAN MANUEL OSPINA RESTREPO
Secretario de Gobierno
JUSTO GERMÁN BERMÚDEZ GROSS
Secretario de Tránsito y Transporte
CLAUDIA MARÍA BUITRAGO RESTREPO
Directora del Departamento Técnico Administrativo
del Medio Ambiente -DAMA-
ALCALDÍA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
Decreto Local Número 003
(Mayo 12 de 2006)
Por el cual se suspenden unas apropiaciones del
Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de
Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Loc al
de Barrios Unidos para la vigencia fiscal del 2006.
LA ALCALDESA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
En ejercicio de sus atribuciones legales conferi-
das por el Decreto Ley 1421, y en especial en el
artículo 34 del Decreto 1139 de 2000.
CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo No. 02 de diciembre 15 de
2005 se expidió el presupuesto anual de Rentas e In-
gresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desa-
rrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre
de 2006, el cual fue liquidado según Decreto No. 10 de
diciembre 16 de 2005.
Que de conformidad con el artículo 34 del Decreto 1139/
2000, la alcaldesa local podrá reducir o aplazar total o
parcialmente las apropiaciones presupuestales.
Que mediante el Acuerdo No. 01 de mayo 8 de 2006
DECRETOS LOCALES DE 2006

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