DECRETO LOCAL 003 RD 3041 - 9 de Febrero de 2004 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448652922

DECRETO LOCAL 003 RD 3041

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3041 9 FEBRERO 2004
EmisorAlcaldia Local de Bosa
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 38 • Número 3041 • pP. 1-5 • 2004 FEBRERO 9 55
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mismo mes, la directora del Departamento Administra-
tivo de Planeación Distrital Dra. CARMENZA SALDIAS
BERRENECHE, solicita la designación de un edil de
la Localidad de Santa Fe para integrar el Consejo
Territorial de Planeación del Distrito Capital, por lo
que se hace necesario y con carácter urgente el nom-
bramiento del mismo, en el seno de esta Corpora-
ción Local.
DECRETA
ARTICULO PRIMERO.- CONVOCAR a sesión extraor-
dinaria a la Junta Administradora Local de Santa
Fe, por el periodo comprendido del 6 al 20 de febre-
ro del año 2004, por los motivos expuestos en la
parte considerativa del presente Decreto.
ARTICULO SEGUNDO.- La Junta Administradora
Local única y exclusivamente tratará el tema de los
USOS TEMPORALES DEL ESPACIO PÚBLICO,
mediante la adopción de un Acuerdo Local, y la
designación de un miembro de la Junta Administrado-
ra Local para que haga parte del Consejo Territorial
de Planeación del Distrito Capital.
ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a
partir de su publicación en la Imprenta Distrital.
PUBLÍQUE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C. a los 5 del mes de
febrero del 2004.
CARLOS ALBERTO GARZON PEÑUELA
Alcalde Local
ALCALDÍA LOCAL DE BOSA
Decreto Local Número 003
(Febrero 09 de 2.004)
Por el cual se conforma el CONSEJO DE
PLANEACION LOCAL de la Localidad Séptima de
Bosa.
EL ALCALDE LOCAL DE BOSA
La Alcaldesa de la Localidad Séptima de Bosa en
uso de sus facultades legales, especialmente las
conferidas por los artículos 13 y 86 del Estatuto
Orgánico de Santa fe de Bogotá D.C., (Decreto Ley
1421 del 21 de Julio de 1.993) y el Acuerdo Distrital
N° 13 de 2.000
CONSIDERANDO
Que el artículo 2 de la Constitución Política establece
dentro de los fines del estado el facilitar la participa-
ción de todos en las decisiones que los afecten y en la
vida económica, política, administrativa y cultural.
Que el artículo 40 en el numeral 2 de la carta magna
instituye el derecho que tiene todo ciudadano a tomar
parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consul-
tas populares y otras formas de participación demo-
crática.
Que el artículo 318 de la Constitución asegura la parti-
cipación ciudadana en el manejo de asuntos públicos
de carácter local.
Que la Ley 152 de 1.994, Ley Orgánica del Plan de De-
sarrollo consagra la participación ciudadana durante el
proceso de discusión de los Planes de Desarrollo.
Que la Ley 134 de 1.994 establece las normas de par-
ticipación ciudadana.
Que el Decreto ley 1421 de 1.993 artículo 6 Estatuto
Orgánico de Santa fe de Bogotá D.C., promueve la
organización de los habitantes y comunidades que sir-
ven de mecanismo de representación en las distintas
instancias de participación, concertación y vigilancia
de la gestión distrital, y en cumplimiento del Acuerdo
13 de 2.000.
Que el Acuerdo N°110 de 2.003 artículo 5 inciso C,
otorga funciones a los Consejos Tutelares de los dere-
chos de la niñez de participación en la formulación y el
seguimiento de políticas en la planeación del desarro-
llo local en el tema de infancia, y de seguimiento y
veeduría a los proyectos, programas y presupuestos
anuales y el parágrafo de este mismo artículo estable-
ce que para el cumplimiento del inciso C elegirá sus
representantes en los Consejos Distrital y Local de
Planeación, en los Consejos Distrital y Local de políti-
ca Social y en otras instancias de concertación.
DECRETA
ARTICULO PRIMERO.- Conformar e instalar el Con-
sejo de Planeación Local de la Localidad Séptima de
Bosa teniendo en cuenta el Acuerdo N°13 de 2.000 y
N°110 de 2.003, del Concejo de Bogotá D.C.
ARTICULO SEGUNDO.- Que cumplidos en su totali-
dad los procedimientos para la información, acredita-
ción, inscripción y elección de todos y cada uno de los
representantes por cada una de las organizaciones y/o
asociaciones que ordena el Acuerdo 13 de 2.000 y
Acuerdo 110 de 2.003, el Consejo de Planeación Local
de Bosa queda integrado por trece (13) personas así:

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