DECRETO LOCAL 0009 RD 5416
Número de Boletín | REGISTRO DISTRITAL 5416 20 AGOSTO 2014 |
Emisor | Alcaldia Local de Ciudad Bolivar |
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5416 • pP. 1-16 • 2014 • AGOSTO • 20
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familia, de manera individual en cumplimiento de la
orden judicial de que trata la medida cautelar.
ARTÍCULO TERCERO.- El Responsable de Presu-
puesto, deberá expedir los registros presupuestales de
manera individual para cada beneciario con un plazo
máximo que no exceda la vigencia scal.
ARTÍCULO CUARTO.- El pago de las ayudas huma-
nitarias debe ceñirse a los procedimientos y formatos
estandarizados y adoptados desde el Sistema de
Gestión de Calidad.
ARTÍCULO QUINTO.- Quien obtenga la ayuda huma-
nitaria mediante engaño sobre los requisitos requeri-
dos para su concesión u omitiendo datos relevantes,
incurrirá en las sanciones de ley, perderá el derecho
y deberá reembolsar el dinero al Fondo de Prevención
y Atención de Emergencias.
ARTÍCULO SEXTO.- La presente resolución rige a
partir de su publicación en debida forma.
Dada en Bogotá, a los trece (13) días del mes de
agosto de dos mil catorce (2014).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
JAVIER PAVA SÁNCHEZ
Director General
Fondo de Prevención y Atención de Emergencias
ALCALDÍA LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
Decreto Local Número 0009-2014
(Agosto 11 de 2014)
“Por el cual se adiciona el Presupuesto Anual
de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión
del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar
para la vigencia scal de 2014”.
QUE EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR
En uso de sus facultades legales y en especial
las conferidas por el Decreto 1421/93 y Decreto
372/201.
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 31ª del Decreto 372
de 2010, “toda adición presupuestal deberá contar con
concepto previo del CONFIS y aprobación de la Junta
Administradora Local – JAL.
Que mediante la Circular CONFIS Nº 01 del 2014, del
17 de marzo de 2014, se comunica mediante las se-
siones Nº 02 y 03, celebradas los días 25 de febrero y
07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los
artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS
determino para el Fondo de Desarrollo Local de Ciu-
dad Bolívar la suma de VEINTE MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SETEN-
TA Y SEIS PESOS M/CTE. ($ 20.853.887.476), por
excedentes nancieros 2013, los cuales se distribuirán
para los siguiente proyectos; proyecto 0902 Ejecución
de Acciones para la mitigación del riesgo en la localidad
de Ciudad Bolívar, proyecto 0883 Atención integral en
promoción y prevención a adulto mayor, proyecto 1136
Construcción y rehabilitación de entornos más huma-
nos y proyecto 0811 Estudio, construcción y manteni-
miento de redes de acueducto y alcantarillado rurales
Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar
expidió el Acuerdo Local Nº 0046 del 20 de 2014 y
sancionado por el Alcalde Local, en el cual se aprueba
la modicación al presupuesto para la vigencia 2014
del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.
Que en la circular Nº 01 del CONFIS, se estableció
los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al
presupuesto de 2014.
Que mediante comunicación Nº 2-2014-26818 del 20
de junio de 2014 de la Secretaria Distrital de Planea-
ción emitió concepto favorable informado.
Que mediante la Circular CONFIS Nº 01 del 2014, del
17 de marzo de 2014, se comunica mediante las se-
siones Nº 02 y 03, celebradas los días 25 de febrero y
07 de marzo de 2014, conforme a lo establecido en los
artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS
determino LA DISTRIBUCION DE EXCEDENTES FI-
NACIEROS obtenidos en la vigencia scal2013. Sobre
estas consideraciones la adición de los excedentes
nancieros a los presupuestos anuales de los Fondos
de Desarrollo Local, por parte de la JAL no requiere
conceptos adicionales.
Una vez realizada la adición de los excedentes nan-
cieros en el presupuesto del Fondo de Desarrollo Local,
el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los
recursos adicionados
Que en merito de lo anteriormente expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°.- Adicionar al Presupuesto de Rentas
e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de
Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la Vigencia
Fiscal de 2014, conforme al siguiente detalle:
DECRETO LOCAL DE 2014
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