DECRETO LOCAL 05-09 RD2882 - 3 de Junio de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448964222

DECRETO LOCAL 05-09 RD2882

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2882 3 JUNIO 2003
EmisorAlcaldia Local de Fontibon
REGISTRO DISTRITAL  bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA)  AÑO 37  Número 2882  pP. 1-91  2003 JUNIO 3 91
ARTICULO SEGUNDO.- Notificar el contenido de esta
resolución al Representante Legal de la Empresa de
Acueducto y Alcantarillado de Bogotá, ESP, o a su
apoderado debidamente constituido.
ARTICULO TERCERO.- Contra la presente resolución
no procede recurso alguno, por encontrarse agotada la
Vía Gubernativa de conformidad con el artículo 63 del
Dada en Bogotá D.C. a los cuatro (4) días del
nmes de diciembre de 2002
NOTIFÍQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
ANA MILENA CORREDOR CARVAJAL
Secretaria General y Asuntos legales
DECRETO LOCAL DE 2003
ALCALDÍA LOCAL DE FONTIBON
Decreto Local Número 05-09
(Mayo 27 de 2.003)
POR EL CUAL SE EFECTUA UN TRASLADO AL
PRESUPUESTO ANUAL DE RENTAS E INGRESOS
Y DE GASTOS E INVERSION DEL FONDO DE
DESARROLLO LOCAL DE FONTIBON PARA LA
VIGENCIA FISCAL DE 2.003, QUE NO MODIFICA
LAS CUANTIAS DE LAS APROPIACIONES APRO-
BADAS INICIALMENTE POR LA J.A.L.
EL ALCALDE LOCAL DE FONTIBON
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES CONFERI-
DAS POR EL ARTICULO 33 DEL DECRETO No.
1139 DE DICIEMBRE 29 DE 2.000 Y EL DECRETO
DISTRITAL No.619 DE 2.000 ART.149, PARÁGRA-
FO 2º.
CONSIDERANDO :
Que el proyecto 3.3.1.11.03.18 3008 "Estudios, dise-
ños y construcción de alcantarillado sanitario pluvial y
acueducto para Fontibón" cuenta con una apropiación
de $300´000.000, con destino a Villa Andrea.
Que mediante oficio 8850-2002-UEL 883, emanado del
Despacho del Director de la UEL de la Empresa de
Acueducto y Alcantarillado, informa que mientras el
Departamento Administrativo de Planeación Distrital no
culmine con el trámite de legalización de Villa Andrea y
expida el respectivo Decreto, la EAAB no puede llevar
a cabo los diseños definitivos del alcantarillado sanita-
rio, razón por la cual no se cuenta con viabilidad técni-
ca.
Que la Junta de Acción Comunal de Villa Andrea, me-
diante oficio de mayo 21 de 2003, solicita la asignación
de recursos para las obras de alcantarillado de aguas
negras para el segundo semestre del año 2004, fecha
en la cual se obtendrá la legalización del barrio.
Que en virtud de lo anterior, se hace necesario efectuar
un traslado para utilizar los saldos libres de apropiación
de los proyectos, bajo la consideración de que es ne-
cesario e indispensable una inversión eficiente y eficaz
de los recursos.
Que dentro de las prioridades de la inversión se en-
cuentra la adecuación de vías, razón por la cual se
hace necesario trasladar los recursos al proyecto
3.3.1.11.03.18 3007 "Construcción y mejoramiento de
vías y andenes de la localidad"
Que el Decreto Distrital No.619 de 2000 artículo 149,
parágrafo 2º., establece que La construcción y mante-
nimiento de las vías de la malla vial intermedia y local
se coordinará con cada uno de los planes locales.
Que el parágrafo del artículo 33 del Decreto No.1139 de
diciembre 29 de 2000, determina que "Los traslados
presupuestales que no modifiquen la cuantía de las
apropiaciones aprobadas inicialmente por la J.A.L. los
efectuará el Alcalde Local mediante Decreto Local"
Que la responsable de presupuesto expidió el CDP N.263
de mayo 27 de 2003, con el cual certifica el saldo libre
de apropiación por valor de $300´000.000 del proyecto
3.3.1.11.03.18 3008
Que en mérito de lo anterior.
DECRETA
ARTICULO PRIMERO: Efectuar un contracrédito en el
presupuesto de Gastos e Inversión para la vigencia fis-
cal 2003, de acuerdo al siguiente detalle:

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