Decreto n° 01 del municipio de Chámeza, 16-01-2024 - Normativa - VLEX 977229801

Decreto n° 01 del municipio de Chámeza, 16-01-2024

Fecha de publicación02 Enero 2024
Fecha16 Enero 2024
Año2024
Tipo de documentoDecreto
ALCALDIA CHAMEZA CASANARE
2024-2027
ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÁMEZA CASANARE
MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO MECI
SISTEMA DE GESTION DOCUMENTAL
DEPENDEN CIA
DESPACH O DEL ALCALDE
CÓDIGO TRD. 100
Código: Versión: 1
Fecha Actualización: 02- 01-2024
Página 1 de 58
ALCALDÍA DE CHAMEZA - PALACIO MUNI CIPAL Calle 6 No. 4-26, Barr io Centro.
PAGINA WEB: www.chameza-casanare.g ov.co
E-MAIL: Despacho@chameza-casanare.gov.co c ódigo postal 856030. Cel. 3144208153
100.075.001.2024.001
DECRETO NO. 001 DE 2024
(02 de enero de 2024)
“POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA EL MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES,
REQUISITOS Y COMPETENCIAS LABORALES PARA LOS EMPLEOS QUE
CONFORMAN LA PLANTA DE PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DE LA
ALCALDÍA MUNICIPAL DE CHÁMEZA”
EL ALCALDE MUNICIPAL DE CHÁMEZA CASANARE,
en ejercicio de sus facultades Constitucionales y Legales y específicamente de las que le
confieren la ley 136 de 1994, ley 909 de 2004, artículo 29 de la Ley 1551 de 2012 y en
especial los artículos 13, 28, 29 y 32 del Decreto Ley 785 de 2005, el Decreto 2484 de 2014,
el Decreto 1083 de 2015; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto 010 del 1° de julio de 2009 se ajustó el Manual específico de
Funciones, requisitos y competencias laborales de la Administración Central de la Alcaldía
Municipal de Chámeza.
Que mediante Decreto 09 del 1° de julio de 2009 se fijó la Planta de Personal de la
Administración Central de la Alcaldía Municipal de Chámeza, la cual es la vigente hasta la
fecha.
Que la Ley 136 de 1994, en su Artículo 91, modificado por el artículo 29 de la Ley 1551 de
2012, establece en su literal D, numeral 4. como funciones del alcalde las de crear, suprimir o
fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijarles sus
emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes, y en el literal 7º, la de velar por el
cumplimiento de las funciones de los empleados oficiales municipales y dictar los actos
necesarios para su administración.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 2484 del 2 de diciembre de 2014, el cual
reglamenta el Decreto 785 de 2005, y en su artículo 9º, establece la necesidad de ajustar el
Manual de Funciones y Competencias Laborales, otorgando un plazo máximo de seis (6)
meses a partir de la expedición del Decreto.
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 1083 del 26 de Mayo de 2015 “Por medio
del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, el cual en
su Título 3, retoma lo ordenado por el Decreto 2484 de 2014 en materia de requisitos
generales para los empleos públicos de los niveles jerárquicos de los organismos y entidades
del orden territorial.
ALCALDIA CHAMEZA CASANARE
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MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO MECI
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Fecha Actualización: 02- 01-2024
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E-MAIL: Despacho@chameza-casanare.gov.co c ódigo postal 856030. Cel. 3144208153
Que mediante Decreto No. 01 del 4 de enero de 2016, se actualiza el Manual Específico de
funciones, requisitos y competencias laborales para los empleos que conforman la planta de
personal de la administración central de la alcaldía municipal de Chámeza.
Que según Decreto No. 014 del 18 de febrero de 2016, se modificó el Manual Específico de
funciones, requisitos y competencias laborales para los empleos que conforman la planta de
personal de la administración central de la alcaldía municipal de Chámeza.
Que el Concejo Municipal de Chámeza Casanare, modifica la planta de personal de la
Administración Central del municipio de Chámeza y se dictan otras disposiciones mediante
Acuerdo No. 021 del 8 de noviembre de 2019.
Que mediante decreto 009 de Enero de 2020 se Actualiza el Manual Especifico de Funciones
Que es responsabilidades del alcalde, garantizar el cumplimiento de las actividades de sus
subalternos frente al sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SGSST
Que, en mérito de lo anterior, este Despacho:
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Objeto: Actualizar y ajustar el Manual Específico de Funciones, requisitos y
de Competencias Laborales, para los empleos que conforman la planta de personal de la
Administración Central de la Alcaldía Municipal de Chámeza Casanare, cuyas funciones
deberán ser cumplidas por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al
logro de la misión, objetivos y funciones que la Constitución, la Ley y los reglamentos le
señalan y conforme a lo establecido en la parte motiva del presente decreto, así:
1. EMPLEO DE NIVEL DIRECTIVO
I. IDENTIFICACIÓN Y UBICACIÓN DEL EMPLEO
Nivel
Denominación del Empleo
Código
Grado
Carácter del Empleo
Número de Cargos
Dependencia
Cargo de jefe Inmediato
II. ÁREA FUNCIONAL. - DESPACHO DEL ALCALDE: Ser el Jefe de la Administración
Local y Representante Legal del Municipio y como tal dirigir, coordinar y garantizar la
prestación de los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que
demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la
participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes y
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cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y las leyes.
III. PROPÓSITO GENERAL DEL EMPLEO
Administrar los recursos físicos, financieros y humanos de la Alcaldía mediante la
formulación, ejecución y evaluación del correspondiente Plan de Desarrollo Municipal, con el
fin de contribuir y hacer efectivo el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes del
Municipio de Chámeza, Conforme a la Constitución Política y demás políticas que la
desarrollen, bajo los principios rectores de la función pública, en los términos que define la
ley.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES
Conforme a la Constitución Política Artículo 315 Son atribuciones del alcalde:
1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la Ley, los Decretos del Gobierno, las Ordenanzas y
los Acuerdos del Concejo Municipal.
Conservar el Orden Público en el Municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y
órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la
primera autoridad de policía del Municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia
las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo Comandante.
2. Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la
prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente y nombrar y
remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los
establecimientos públicos y las empresas industriales y comerciales de carácter local, de acuerdo
con las disposiciones pertinentes.
3. Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los Acuerdos
municipales respectivos.
4. Presentar oportunamente al Concejo los Proyectos de Acuerdo sobre: Planes y Programas de
Desarrollo Económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás
que estime convenientes para la buena marcha del municipio.
5. Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo y objetar los que
considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
6. Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales
y fijar sus emolumentos con arreglo a los Acuerdos municipales correspondientes. No podrá crear
obligaciones que excedan el monto global fijado para los gastos de personal en el presupuesto
inicialmente aprobado.
7. Colaborar con el Concejo para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes
generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que sólo se
ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.

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