Decreto Nº 010 de Alcaldía Local de Kennedy, 06-12-2023 - 12 de Diciembre de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 972918709

Decreto Nº 010 de Alcaldía Local de Kennedy, 06-12-2023

Fecha de publicación12 Diciembre 2023
Fecha de emisión06 Diciembre 2023
EmisorAlcaldía Local de Kennedy
Número de Gaceta7879
Página 1 de 6
Alcaldía Local de Kennedy
Transversal 78K # 41A 04 Sur
Código postal: 110841
Tel. 4481400 - 4511321
Información Línea 195
www.kennedy.gov.co
DECRETO LOCAL No. 010 DE 2023
(6 DE DICIEMBRE DE 2023)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto anual
de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia
fiscal 2023
LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el
artículo 31 del Decreto 372 y el artículo 10 del Decreto 192 de 2021
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir
la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las
correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión
temporal de apropiaciones, (…)
Que, de igual manera, en el numeral 1 establece: (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo
agregado se harán mediante Decreto expedido por la Alcaldía Local. Estos actos administrativos requerirán
para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de
Presupuesto. (…)
Que el Artículo 10 del decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico
del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, en su Artículo 10 establece.
- Modificaciones
al anexo del decreto de liquidación.
Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los
órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de
Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de
funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C, y las Juntas
Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva
o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al
anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos
actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de
Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del
concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo
. Se exceptúan del concepto previo y
favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en
Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen
Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de
factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales
y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes,

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