Decreto Nº 013 de Alcaldia Local de Usaquen (1), 10-08-2022 - 25 de Agosto de 2022 - Registro distrital - Legislación - VLEX 909483073

Decreto Nº 013 de Alcaldia Local de Usaquen (1), 10-08-2022

Fecha de emisión10 Agosto 2022
Fecha de publicación25 Agosto 2022
EmisorAlcaldia Local de Usaquen (1)
Número de Gaceta7515
Página 1 de 5
Alcaldía Local de Usaquén
Carrera 6 A No. 118 03
Código Postal: 110111
Tel. 6299567 - 2147507
Información Línea 195
www.usaquen.gov.co
GDI - GPD F037
Versión: 04
Vigencia:
02 de enero de 2020
DECRETO LOCAL No. 013
Del 10 de agosto de 2022
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de
Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2022”.
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUEN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372
de 2010, y
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la
cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las
correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y
suspensión temporal de apropiaciones, (…)
Que, de igual manera, en el numeral 1 establece: (…) Los traslados presupuestales dentro del mismo
agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos
requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección
Distrital de Presupuesto. (…)
Que el Artículo 10 del decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece. Modificaciones al anexo del decreto de
liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen
parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no
modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento,
servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras
Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por
decreto del Alcalde Local. (…)
Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría
Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá,
además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que mediante oficio No. 2-2022-94975 del 21 de julio de 2022 la Secretaría Distrital de Planeación,
emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión,
en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las m etas
contempladas en el Plan de Desarrollo Local.

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