Decreto Nº 015 de Alcaldía Local de Sumapaz, 05-10-2023 - 10 de Octubre de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 947459748

Decreto Nº 015 de Alcaldía Local de Sumapaz, 05-10-2023

Fecha de publicación10 Octubre 2023
Fecha de emisión05 Octubre 2023
EmisorAlcaldía Local de Sumapaz
Número de Gaceta7829
Página 1 de 4
DECRETO LOCAL No. 015
(Octubre 5 de 2023)
Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de
Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2023
Código: GDI - GPD F034
Versión: 03
Vigencia: 16 de enero de 2020
Casa de la Cultura,
Corregimiento de Betania
Código Postal: 111711
Tel. 5557087
Información Línea 195
www.gobiernobogota.gov.co
EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ
En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo
31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o dis-
minuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán
hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicio-
nales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (…)
Que estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la
Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de
inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que en la Resolución No. SHD-191 del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y con-
solida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica
el procedimiento para efectuar el traslado en mención.
Que según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su nume-
ral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: “es la modificación al presupuesto que dismi-
nuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo
agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro
del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable
de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto”.
Que de acuerdo con el parágrafo único del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de
2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los
traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de
Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de
Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funciona-
miento de los traslados al interior de cada uno de los rubros que componen, siempre que corres-
pondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación
Presupuestal del Distrito.

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