Decreto Nº 022 de Alcaldía Local de Usaquén, 22-11-2023 - 24 de Noviembre de 2023 - Registro distrital - Legislación - VLEX 954652048

Decreto Nº 022 de Alcaldía Local de Usaquén, 22-11-2023

Fecha de publicación24 Noviembre 2023
Fecha de emisión22 Noviembre 2023
EmisorAlcaldía Local de Usaquén
Número de Gaceta7864
Página 1 de 3
Alcaldía Local de Usaquén
Carrera 6 A No. 118 03
Código Postal: 110111
Tel. 6299567 - 2147507
Información Línea 195
www.usaquen.gov.co
GDI - GPD F037
Versión: 04
Vigencia:
02 de enero de 2020
DECRETO LOCAL No. 022
Del 22 de noviembre de 2023
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo
de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2023 ”.
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUEN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010
“Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local –FDL- y,
C O N S I D E R A N D O:
Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la
cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las
correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y
suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:
Numeral primero: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante
Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del
concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
(…)”
Que el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del
Decreto de Liquidación: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y
entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de
Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones
de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas
Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad
respectiva o por decreto del Alcalde Local” (…). Estos actos administrativos requieren para su validez del
concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si
se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de
Planeación.
Que mediante oficio No. 2-2023-117529 del 10 de noviembre de 2023 la Secretaría Distrital de
Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de
inversión, en tanto el contracrédito y crédito no causan afectaciones negativas en el avance de las metas
contempladas en el Plan de Desarrollo Local.

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