Decreto N° 0356 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 15-06-2018 - Normativa - VLEX 879102655

Decreto N° 0356 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 15-06-2018

Año2018
Fecha de publicación17 Octubre 2018
Fecha15 Junio 2018
Tipo de documentoDecreto
Creada por Acuerdo Nº 5 de 1987 del Concejo Municipal
Gaceta Oficial Nº4554
Contenido
|ACUERDO N°. 35
(25 de septiembre de 2018) 2
POR EL CUAL SE FIJAN LOS CRITERIOS DE DESEMPATE PARA EL OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS ECONÓMICOS PARA LOS ESTUDIANTES
DE PREGRADO Y POSGRADO
( JUNIO 08 ) 4
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( JUNIO 08 ) 6
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0351 DE 2018
( JUNIO 15 ) 8
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0352 DE 2018
( JUNIO 15 ) 10
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0353 DE 2018
( JUNIO 15 ) 12
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0354 DE 2018
( JUNIO 15 ) 14
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0355 DE 2018
( JUNIO 15 ) 16
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( JUNIO 15 ) 18
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( JUNIO 15 ) 20
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0360 DE 2018
( JUNIO 15 ) 22
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( JUNIO 15 ) 24
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
(JUNIO 15 ) 26
Por medio del cual se realizan unas adiciones presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia 2018
( JUNIO 15 ) 28
Por medio del cual se realizan unas adiciones presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia 2018
( JUNIO 15 ) 30
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( JUNIO 15 ) 32
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( JUNIO 18 ) 34
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
DECRETO 0368 DE 2018
(JUNIO 18) 36
Por medio del cual se realizan unas adiciones presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia 2018
DECRETO 0369 DE 2018
(JUNIO 18) 38
Por medio del cual se realizan unas reducciones presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia 2018
DECRETO 0370 DE 2018
(JUNIO 18) 41
Por medio del cual se realizan unas reducciones presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia 2018
DECRETO 0371 DE 2018
( JUNIO 18 ) 44
Por medio del cual se realizan unos traslados presupuestales en el Presupuesto General del Municipio de Medellín para la vigencia scal 2018
( OCTUBRE 17 ) 46
“Por medio del cual se modica la Planta de Empleos del Municipio de Medellín”
RESOLUCIÓN No. SEC 201850071906
Octubre 08 de 2018 52
“Por la cual se adopta el censo y diagnóstico socioeconómico como línea base que
identica la población a intervenir del área de inuencia del
proyecto de utilidad pública e
interés general
construcción y mejoramiento de la conexión vial norte desde la calle 77 hasta límites con el Municipio de
Bello y vías complementarias”., .
Año XXV - 58 páginas
Dirección
Secretaria de Gestión
Humana y Servicio a la
Ciudadanía
Coordinación
Archivo Central
Alcaldía de Medellín
Medellín,
Octubre 17 de 2018
Pág.
2
Gaceta Oficial Nº4554
|ACUERDO N°. 35
(25 de septiembre de 2018)
POR EL CUAL SE FIJAN LOS CRITERIOS DE DESEMPATE PARA EL
OTORGAMIENTO DE ESTÍMULOS ECONÓMICOS PARA LOS ESTUDIANTES DE
PREGRADO Y POSGRADO
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO
METROPOLITANO – ITM, en ejercicio de sus atribuciones
legales y estatutarias, en especial las que le conere el
Acuerdo N° 04 del 11 de agosto de 2011, artículo 18 literales
a) y j) y,
CONSIDERANDO:
Que en ejercicio de las responsabilidades que le competen,
establecidas en la ley 30 de 1992 y en el Estatuto General,
Acuerdo N° 04 del 2011, artículo 18 literales a) y j), este
Consejo mediante los Acuerdos 04 del 4 de abril de 2008 y 02
del 21 de enero de 2013, en su orden, actualizó el Reglamento
Estudiantil – Régimen Académico y Disciplinario del Instituto
Tecnológico Metropolitano y expidió el Reglamento de
Posgrados de la institución.
Que el artículo 156 del Acuerdo N° 04 del 4 de abril de 2008,
determina que se otorgará como estímulo académico para
los estudiantes de pregrado, la Beca de Excelencia para
el estudiante de pregrado de la institución que alcance
el mayor promedio en las evaluaciones en el período
académico inmediatamente anterior, siempre que haya
aprobado sin habilitar la totalidad de las asignaturas que
conforman el respectivo período; que no haya repetido o
esté repitiendo asignaturas y cuyo promedio no sea inferior a
cuatro punto cinco (4.5), a más de no haber sido sancionado
disciplinariamente.
El mismo Reglamento Estudiantil vigente para los estudiantes
de pregrado establece en el artículo 157 las becas de honor
que se otorgarán en cada programa de pregrado a los
estudiantes que en el periodo académico inmediatamente
anterior hayan alcanzado los dos (2) mayores promedios en
las calicaciones denitivas de la totalidad de las asignaturas
que conforman el nivel académico del plan de estudios,
siempre que las hayan aprobado sin habilitar; que no estén
repitiendo; que el promedio no sea inferior a cuatro punto cero
(4.0) y que no hayan sido sancionados disciplinariamente.
Las Beca de Honor equivalen a la exoneración del cincuenta
por ciento (50%) de los derechos de matrícula liquidados
para el período académico en el que se otorgan éstas.
Que el Acuerdo N° 02 del 21 de enero de 2013, Reglamento
de Posgrados del Instituto Tecnológico Metropolitano, en el
artículo 63 prescribe “el reconocimiento monetario parcial
o total, aprobado por el Consejo Directivo y reglamentado
por la Rectoría, como:
Exoneración del costo de la matrícula del correspondiente
semestre académico, para el estudiante que obtenga el
mejor promedio entre los estudiantes matriculados en
posgrados…...”
Que en los casos antes mencionados se pueden presentar
situaciones de empate en los promedios académico obtenidos
por los estudiantes, lo que hace necesario que se determinen
criterios objetivos para la asignación de la beca de excelencia
y becas de honor para los estudiantes de pregrado y el
reconocimiento del estímulo consistente en la exoneración
del cien por ciento (100%) del costo de la matrícula para los
estudiantes de posgrado.
Que es facultad de este organismo denir las políticas
académicas, administrativas y el direccionamiento estratégico
de la institución y expedir o modificar los estatutos y
reglamentos de la entidad.
En merito a lo expresado,
ACUERDA:
Artículo 1º. Establecer los siguientes criterios de desempate
para el otorgamiento de la beca de excelencia y becas de
honor para los estudiantes de pregrado del Instituto:
1. Mayor promedio acumulado en el programa
académico de pregrado en el que se encuentre
matriculado, incluyendo decimales.
2. No haber reprobado asignaturas del programa
académico de pregrado, durante los semestres
cursados.
3. Haber matriculado el número máximo de créditos por
periodos académicos, durante los semestres cursados
y tenerlos aprobados sin ninguna cancelación
voluntaria, y sin habilitar, en la institución.
4. Quien tenga mayor número de créditos matriculados
del plan de estudios, aprobados y sin habilitar, sin
cancelar voluntariamente durante los semestres
cursados en la Institución.
5. Quien tenga mayor número de asignaturas con
mayor número de créditos aprobados, sin habilitar,
sin cancelar voluntariamente, durante los semestres
cursados en la Institución
En caso de persistir el empate, se procederá al sorteo entre
los estudiantes que se encuentran en iguales condiciones.
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Artículo 2º. Para los estudiantes de los programas de
posgrado que se encuentran en igualdad de condiciones
para acceder a la exoneración del cien por ciento (100%)
del costo de la matrícula, se aplicarán los siguientes criterios
de desempate:
1. Mayor promedio acumulado en el programa académico
de posgrado, durante los semestres cursados en la
institución.
2. No haber reprobado asignaturas del programa
académico de posgrado, durante los semestres
cursados.
En caso de persistir el empate, se procederá al sorteo entre
los estudiantes que se encuentran en iguales condiciones.
Artículo 3º. Delegar en la rectora de la Institución la facultad
de reglamentar el sorteo de que trata esta disposición en
los casos de empate.
Artículo 4º. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de
su expedición y aplica para el otorgamiento de incentivos
económicos del semestre académico 2018-01.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Medellín a los veinticinco (25) días del mes de septiembre de 2018.
LUZ MARCELA OMAÑA GÓMEZ MARÍA HELENA GARCÍA AGUDELO
Presidente Consejo Directivo (D) Secretaria Consejo Directivo

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