Decreto N° 1166 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 26-12-2023 - Normativa - VLEX 973757704

Decreto N° 1166 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 26-12-2023

Fecha26 Diciembre 2023
Fecha de publicación29 Diciembre 2023
Año2023
Tipo de documentoDecreto
Gaceta Oficial
Creada por Acuerdo 5 de 1987 del Concejo de Medellín
5289
Año XXXVI
Edición de 331 páginas
viernes, 29 de diciembre de 2023
Distrito Especial de Ciencia Tecnología
e Innovación de Medellín
Dirección
Coordinación
Secretaría de Innovación Digital
Unidad de Gestión Documental
www.medellin.gov.co
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Gaceta Oficial 5289
CONTENIDO Pág.
DECRETO 1166 DE 2023 (DICIEMBRE 26) ............................................................................... 3
“Por medio del cual se revisa y ajusta el Macroproyecto para el Área de Intervención Estratégica -AIE- MEDRio, Zona Río Centro,
se derogan los Decretos municipales 2053 de 2015, 1006 de 2018 y 2482 de 2019, y se dictan otras disposiciones.” ...................... 3
DECRETO 1167 DE 2023 (DICIEMBRE 26) .......................................................................... 232
“Por medio del cual se adopta el Macroproyecto para el Área de Intervención Estratégica AIE MED Transversalidad Santa Elena y
se dictan otras disposiciones.” ...........................................................................................................................................................232
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Gaceta Oficial 5289
DECRETO 1166 DE 2023 (DICIEMBRE 26)
“Por medio del cual se revisa y ajusta el Macroproyecto para el Área de Intervención Estratégica -
AIE- MEDRio, Zona Río Centro, se derogan los Decretos municipales 2053 de 2015, 1006 de 2018
y 2482 de 2019, y se dictan otras disposiciones.”
EL ALCALDE DE MEDELLIN (E)
En uso de las atribuciones que le confieren los numerales 1 y 3 del artículo 315 de
la Constitución Política, las legales conferidas en los numerales 1 y 14 del literal D
del artículo 29 de la Ley 1551 de 2012, el artículo 19 de la Ley 388 de 1997 y el
artículo 27 de la Ley 388 de 1997 modificado por el Artículo 29 de la Ley 2079 de
2021, en concordancia con lo reglamentado en los Artículos 2.2.4.1.1 al 2.2.4.1.7.7
del Decreto Único Nacional del Sector Vivienda Ciudad y Territorio, y los artículos
455 y 458 del Acuerdo Municipal 48 de 2014, el Decreto Nacional 1609 de 2023 y,
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 114 de la Ley 388 de 1997 crea la figura de planificación
complementaria Macroproyecto, entendido como el conjunto de acciones
técnicamente definidas y evaluadas, orientadas a la ejecución de una operación
urbana de gran escala, con capacidad de generar impactos en el conjunto de la
estructura espacial urbana y orientar el crecimiento general del Distrito.
La citada ley 388 de 1997, en su artículo 19 crea el instrumento del Plan Parcial
para los suelos con tratamiento de renovación y desarrollo y, además, para
aquellos que deban desarrollarse mediante unidades de actuación urbanística,
macroproyectos u otras operaciones urbanas especiales.
El Acuerdo 48 de 2014, por medio del cual se adopta la revisión y ajuste de largo
plazo del Plan de Ordenamiento Territorial de Medellín y se dictan otras
disposiciones, establece entre sus principios, la “Solidaridad social y territorial” y
como apuesta territorial: “la equidad territorial municipal y gestión asociativa”, a
través de la configuración de un sistema integrado de reparto equitativo de cargas
y beneficios, la implementación de estrategias de regeneración urbana a partir de
macroproyectos en las áreas de intervención estratégica y la constitución y
consolidación de un Subsistema Habitacional incluyente.
El citado acuerdo, en su artículo 61, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo
12 de la Ley 388 de 1997, identifica en el territorio municipal las Áreas de
Intervención Estratégica en adelante AIE-, con el fin de direccionar acciones y
utilizar los instrumentos de planificación y gestión complementaria del plan, en
porciones del territorio distrital que presentan las mayores oportunidades para que
en ellas se produzcan las transformaciones territoriales necesarias, que permitan
concretar el modelo de ocupación. Por lo tanto, requiere de un conjunto de
medidas para alcanzar las condiciones físicas y funcionales adecuadas,
acompañadas de grandes apuestas sociales y económicas. A través de la
planificación de las AIE, se resuelve la escala intermedia de la planeación
alcanzando un mayor detalle, que articula la escala general del Plan de
Ordenamiento y la escala de detalle de los proyectos públicos y privados en un
proceso multiescalar de direccionamiento e intervención del territorio.
Los macroproyectos urbanos deben vincular al proyecto las diversas instancias
públicas y privadas directamente concernidas, mediante la utilización de
mecanismos de concertación idóneos, convenidos en el acuerdo urbano que lo
sustenta y establecer los procedimientos mediante los cuales el Distrito participará
en la captación de las plusvalías urbanas, resultantes de las acciones urbanísticas
contempladas para el desarrollo del respectivo macroproyecto. Así mismo, debe
implementar la distribución equitativa de cargas y beneficios entre todos los
agentes involucrados en la operación, con el fin de instrumentar los Planes de
Ordenamiento Territorial, en porciones determinadas del territorio urbano, para

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