Decreto Nº 249 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 17-11-2020 - 19 de Noviembre de 2020 - Registro distrital - Legislación - VLEX 852083552

Decreto Nº 249 de Secretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C., 17-11-2020

Fecha de publicación19 Noviembre 2020
Fecha de emisión17 Noviembre 2020
EmisorSecretaria General de la Alcaldia Mayor de Bogota D.C.
Número de Gaceta6965
N
DECRETO NO.
249
DE
17 NOV 2020
Por medio del cud se efectáa una designación provisional para el ejercicio del cargo del Curador
Urbano
No 4 de Bogota, D.C., y se dictan otras disposiciones
LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.C.
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 20 del
artIculo 38 del Decreto Ley 1421 de 1993, en concordancia con el numeral 1 del artIculo
101 de la Ley 388 de 1997 modificado por el artIculo 22 de la Ley 1796 de 2016, el artIculo
2.2.6.6.5.4
del Decreto Nacional 1077 de 2015, y
CONSIDERANDO
Que el numeral 1 del artIculo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el articulo 22 de !a
Ley 1796 de 2016, establece que: "El alcalde municipal o distrital designard a los curadores
urbanos, previo concurso de méritos, a quienes figuren en los primeros lugares de la lista
de elegibles, en estricto orden de calificación.
Para ser designado curador deben cumplirse los siguientes requisitos:
Ser ciudadano colombiano en ejercicio, o extranjero residente legalmente en el pals, no
mayor de 65 años y estar en pleno goce de los derechos civiles de acuerdo con la
Constitución Nacional y las leyes civiles.
Poseer tItuloprofesional de arquitecto, ingeniero civil, abogado o en areas de las ciencias
sociales, económicas o de la administración y posgrado en derecho urbano, urbanismo,
poilticas de suelo, planficación territorial, regional o urbana, y la correspondiente
matrlcula, tarjeta o licencia profesional, en los casos de las profesiones reglamentadas.
Acreditar una experiencia laboral m(nima de diez (10) años en el ejercicio de actividades
de desarrollo o laplanficación urbana.
No estar incurso en alguna de las causales de inhabilidad determinadas en la ley.
Acreditar la colaboración del grupo interdisciplinario especializado que apoyará la labor
del curador urbano.
Carrera 8iNo. 10 65
CTigo; 11i1i
TeL:3813000
Info: Lrea 195.
*W
BOGOT4
2310460-FT-078 Version 01

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