Decreto N° 51 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 13-01-2014 - Normativa - VLEX 879103441

Decreto N° 51 de la Gaceta de la Alcaldía de Medellín, 13-01-2014

Fecha de publicación22 Enero 2014
Fecha13 Enero 2014
Año 
Tipo de documentoDecreto
Creada por Acuerdo Nº 5 de 1987 del Concejo Municipal
Gaceta Oficial Nº4211
Dirección
Secretaría de
Servicios
Administrativos
Coordinación
Archivo General
Alcaldía de Medellín
Medellín,
Enero 22 de 2014
Año XXI - 38 páginas
CONTENIDO
Pág.
ACUERDO 78 DE 2013
“Por medio del cual se adoptan las bases de la Política Pública
“Medellín Ciudad de Turismo Corporativo: Grandes Eventos
y Eventos de Conocimiento”
ACUERDO 102 DE 2013
“Por medio del cual se dictan los lineamientos para la creación
del Programa de Conexión a Internet Inalámbrica y Gratuita Wi- Fi,
dentro del Sistema Integrado de Transporte del Valle de Aburrá -SITVA-,
para el Municipio de Medellín”
DECRETO 0046 DE 2014 (Enero 10)
Por medio del cual se ordena el incremento salarial
de los Trabajadores Ociales del Municipio de Medellín
RESOLUCIÓN NÚMERO 12250 DE 2013 (Diciembre 04 de 2013)
Por medio de la cual se regula la prestación del servicio
de Atención Integral a la Primera Infancia en desarrollo
del Programa Buen Comienzo en las modalidades Entorno Familiar,
Entorno Institucional 8 Horas, Entorno Institucional 8 Horas - Salacunas,
Entorno Institucional 5 Horas Ludotekas y Entorno Comunitario.
CONTRATO DE EMPRÉSTITO INTERNO Y DE PIGNORACIÓN
DE RENTAS CELEBRADO ENTRE EL ÁREA METROPOLITANA
DEL VALLE DE ABURRÁ Y BANCOLOMBIA S.A.
DECRETO 051 DE 2014 (Enero 13)
Por medio del cual se realizan unos traslados
en la Administración Municipal y se dictan otras disposiciones.
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Gaceta Oficial Nº4211
ACUERDO 78 DE 2013
“Por medio del cual se adoptan las bases de la Política Pública
“Medellín Ciudad de Turismo Corporativo:
Grandes Eventos y Eventos de Conocimiento”
EL CONCEJO DE MEDELLÍN
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en
especial las otorgadas por el artículo 311 y el numeral 1
del artículo 313 de la Constitución Política, y las Leyes 136
de 1994 y 1551 de 2012,
ACUERDA
ARTICULO 1°. Adopción. Adóptese las bases de la Política
Pública de “Turismo Corporativo: Grandes eventos y
eventos de conocimiento de Medellín” que será coordinada
por la Vicealcaldía de Ciencia, Tecnología e Innovación,
Desarrollo Económico, Internacionalización y Alianzas
Público Privadas (APP); con el apoyo del Departamento
Administrativo de Planeación, la Secretaría de Desarrollo
Económico, la Secretaria de Cultura Ciudadana, Plaza
Mayor, el Medellín Convention and Visitors Bureau, la
Agencia para la Cooperación Internacional y demás entes
municipales conexos y pertinentes.
Dicha Política Pública será concebida como la orientación
especica emanada desde el Gobierno Municipal para dar
respuesta sostenible a la actividad económica del turismo
corporativo, y a las implicaciones e impactos territoriales
en sus ámbitos ambiental, social, cultural, empresarial y de
relaciones funcionales.
TITULO I
MARCO GENERAL
ARTICULO 2°. Principios de aplicación. Los principios
de aplicación de la Política Pública serán:
1. Asociatividad: En virtud de que las redes
empresariales son fundamentales para aumentar la
productividad del sector. La asociatividad es la base
del mejoramiento de las ventajas competitivas de las
MIPYMES de Medellín, en donde las capacidades
individuales se deberán convertir en comunidades
económicamente competitivas. Esta asociatividad
será local (Medellín), subregional (Valle de Aburrá) y
con compañía de otras subregiones de Antioquia y de
los departamentos vecinos.
2. Internacionalización: Entendiendo que la atracción de
contenidos de talla mundial de conocimiento y redes de
contacto/Networking como eventos de interés público
que permitirán el mejoramiento de la competitividad
de Medellín; en la medida en que posibilitará más
completas y permanentes conexiones de Medellín
con el mundo, y a su vez de sus ciudadanos y sus
empresas.
3. Doble vía: En virtud de que la atracción de eventos
competitivos a nivel mundial debe acompañarse por
una activa estrategia de producción de contenidos
para la producción local y la exportación.
4. Corresponsabilidad ambiental y social: Atendiendo
a que la inclusión social y las prácticas amigables con
el medio ambiente, son señales de un destino orientado
a la sostenibilidad, por ello Medellín centrará la toma
de decisiones en la conservación de los recursos y
la generación de benecios para las comunidades
locales.
5. Diferenciación: Por medio de la identicación de
las brechas con la metodología GAPS aplicada a
la investigación que generó como resultado ésta
Política de turismo de grandes eventos y eventos de
conocimiento para Medellín, se denirán los puntos de
partida que harán de Medellín la ciudad predilecta en
América Latina para la realización de eventos.
Dicha identicación le permitirá a la Ciudad generar
un nuevo aire para la realización de Grandes Eventos
y Eventos de Conocimiento y Redes de contacto/
Networking y, le permitirá además diferenciarse
de otros lugares para la realización de este tipo de
turismo.
6. Calidad: Entendiendo que la función de creación
de ventajas competitivas para la ciudad-región, la
satisfacción del cliente, la prestación de los servicios,
las instalaciones, el personal y los equipos técnicos
serán óptimos y de primera estancia.
7. Coordinación: En virtud del trabajo articulado y
coordinado de las entidades públicas y privadas que
participan en la gestión y desarrollo de la industria de
las reuniones.
8. Participación: Por medio de la cual se busca promover
la vinculación de los diferentes actores del turismo e
instituciones relacionadas en la toma de decisiones
referentes a la industria de las reuniones.
9. Aporte al desarrollo regional y local: Entendiendo
que, los grandes eventos, eventos de conocimiento y
redes de contacto/Networking, contribuyen como motor
de desarrollo para la ciudad-región, comprometiendo
así a los diferentes actores del turismo a generar
acciones de mejoramiento de la calidad de vida de los
ciudadanos.
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10. Descentralización: En virtud de la cual la actividad
turística es responsabilidad de los diferentes niveles
del Estado en sus áreas de competencia.
11. Planeación: Por medio de la cual las actividades
turísticas serán desarrolladas de acuerdo con el
Plan Sectorial de Turismo, el mismo que formará
parte del Plan Nacional de Desarrollo que se encuentre
vigente.
12. Libertad de empresa: En virtud de la cual, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 333 de
la Constitución Política, el turismo es una industria
de servicios de libre iniciativa privada, libre acceso y
libre competencia, sujeta a los requisitos establecidos
en la ley y en sus normas reglamentarias. Las
autoridades de turismo preservarán el mercado libre,
la competencia abierta y leal, así como la libertad
de empresa dentro de un marco normativo de
idoneidad, responsabilidad y relación equilibrada.
13. Fomento: Entendiendo con esto que el Estado
protegerá y otorgará prioridad al desarrollo integral
de las actividades turísticas de ocio y negocios y en
general, todo lo relacionado con estas actividades
en todo el territorio local.
14. Facilitación: En virtud de la cual los distintos
organismos relacionados directa o indirectamente
con la actividad turística, simplicarán los trámites
y procesos que el Consejo Superior de Turismo
identique como obstáculos para el desarrollo del
turismo.
15. Desarrollo social, económico y cultural: El
turismo, conforme al artículo 52 de la Constitución
Política, es un derecho social y económico de
las personas dada su contribución al desarrollo
integral en el aprovechamiento del tiempo libre y
en la revalorización de la identidad cultural de las
comunidades.
16. Desarrollo sostenible: El turismo se desarrolla en
armonía con los recursos naturales y culturales a n
de garantizar sus benecios a las futuras generaciones.
La determinación de la capacidad de carga constituye
un elemento fundamental de la aplicación de este
principio. El desarrollo sostenible se aplica en tres
ejes básicos: ambiente, sociedad y economía.
17. Calidad en el servicio: En virtud de la cual, es
prioridad optimizar la calidad de los destinos y de
los servicios turísticos en todas sus áreas, con el
n de aumentar la competitividad del destino y
satisfacer la demanda nacional e internacional.
18. Competitividad: Por medio de la cual el desarrollo del
turismo requiere propiciar las condiciones necesarias
para el mejoramiento continuo de la industria turística,
de forma que mediante el incremento de la demanda
se genere riqueza y se fomente la inversión de capital
nacional y extranjero.
19. Accesibilidad: En virtud de ésta, es deber del sector
turístico propender conforme al artículo 13 de la
Constitución Política, por la eliminación de las barreras
que impidan el uso y disfrute de la actividad turística
por todos los sectores de la sociedad, incentivando la
equiparación de oportunidades.
20. Protección al consumidor: Con miras al cabal
desarrollo del turismo, el consumidor será objeto
de protección especíca por parte de las entidades
públicas y privadas.
ARTICULO 3°. Objetivo General. Construir una plataforma
competitiva para que la Ciudad de Medellín se posicione
a nivel nacional y latinoamericano como la primera sede
para la realización de grandes eventos, eventos de
conocimiento y redes de contacto/Networking, por medio
de la gestión y ejecución de estrategias competitivas,
conjuntas y sostenibles; que la conviertan en referente de
atracción de eventos con estándares internacionales y
mejore su capacidad para producir contenidos culturales,
que permitan además el desarrollo del Cluster alrededor del
turismo de eventos de conocimiento y redes de contacto/
Networking.
ARTICULO 4°. Objetivos Especícos.
1. Estructurar una oferta de formación de capital humano
para el montaje, producción y generación de eventos
de talla mundial.
2. Establecer un sistema regional de oferta de escenarios
para el desarrollo de grandes eventos y la producción
de contenidos.
3. Generar la red regional de logística para la producción
de grandes eventos, eventos de conocimiento y
producción de contenidos.
4. Implementar una ventanilla única y un proceso de
aprobación acelerado de licencias para la producción
de grandes eventos de interés público y el desarrollo de
contenidos culturales bajo estándares internacionales.
5. Instaurar las estrategias para promover el
emprendimiento alrededor de servicios especializados
carentes en la región, para articular otras Instituciones
de fomento a la competitividad que ayuden a las rmas
a superar las brechas actuales de servicio e innovación
y se logre su especialización y escalabilidad.
6. Constituir la política de la industria de los eventos a
través de una normatividad con fuerza vinculante, por
medio de la cual se convierta en una herramienta pública
y las decisiones se tomen de manera concertada.
7. Fortalecer el sistema turístico de la Ciudad, buscando
el trabajo en red de los actores, la calidad en el servicio,
la cualicación del talento humano, la gestión efectiva
y la capacidad institucional para el desarrollo de la
industria de las reuniones.
8. Propender por las facilidades de acceso, las
condiciones de seguridad y atracción necesarias para

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