Decreto número 00001652 de 2015, por el cual se regula la participación del Estado Colombiano en las Temporadas Cruzadas Colombia-Francia 2017 - 20 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 581010114

Decreto número 00001652 de 2015, por el cual se regula la participación del Estado Colombiano en las Temporadas Cruzadas Colombia-Francia 2017

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín49610

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que Temporadas Cruzadas es un programa del Gobierno de la República de Francia diseñado con el objetivo de servir como herramienta diplomática que permite, en

asociación con diferentes gobiernos y operadores extranjeros, adelantar eventos destinados a favorecer el conocimiento y la compresión mutua de las naciones y fortalecer el intercambio en asuntos culturales, educativos, académicos, tecnológicos, científicos, industriales y comerciales.

Que el mencionado programa de la República de Francia contará en el año 2017 con la participación del Estado colombiano con el fin de lograr los objetivos generales señalados anteriormente, priorizando las regiones, los jóvenes, la innovación, biodiversidad y diversidad cultural de Colombia.

Que para la participación de Colombia en el programa Temporadas Cruzadas se requiere la intervención coordinada de diferentes entidades del Estado colombiano con el fin de lograr los anteriores objetivos generales, a través del cumplimiento de funciones propias de las entidades intervinientes.

Que en virtud del artículo 45 de la Ley 489 de 1998, el Gobierno nacional podrá crear comisiones intersectoriales para coordinación y orientación superior de la ejecución de ciertas funciones y servicios públicos, cuando por mandato legal o en razón de sus características, estén a cargo de dos o más ministerios, departamentos administrativos o entidades descentralizadas, sin perjuicio de las competencias específicas de cada uno de ellos.

Que por estos motivos, el Gobierno nacional ha decidido crear una Comisión Intersectorial con el fin de coordinar y orientar la participación de Colombia en el programa Temporadas Cruzadas del Gobierno francés.

Que el Fideicomiso Pro Colombia fue creado por disposición legal en virtud de la Ley 7a de 1991 y el Decreto número 2505 de 1991, constituido como un patrimonio autónomo sin personería jurídica, para el desarrollo de la promoción de las exportaciones, la atracción de inversión extranjera directa hacia Colombia, la promoción del turismo internacional, así como la imagen del país en el extranjero.

Que en virtud de las normas descritas, así como del artículo 283 del Decreto 663 de 1993 y demás normas complementarias, el Fideicomiso Pro Colombia en procura del desarrollo del objeto misional que se aspira lograr con la participación de Colombia en el programa Temporadas Cruzadas Colombia - Francia 2017, justifica que los recursos que se lleguen a obtener para dicha participación puedan ser administrados a través...

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