Decreto número 008 de 2022, por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de Villavicencio, departamento del Meta - 11 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 883990004

Decreto número 008 de 2022, por el cual se designa alcaldesa ad hoc del municipio de Villavicencio, departamento del Meta

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín51914

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Oficio 1010-33.04/098 de 5 de agosto de 2021, el señor Franklin Alberto Marín Garzón, jefe de la Oficina de Contratación de la Alcaldía del municipio de Villavicencio, departamento del Meta, remitió a la Procuraduría Regional del Meta, copia de la Resolución 1000-24/114 de 2021, a través de la cual se resolvió una recusación formulada por el señor Lisandro Junco Espinosa, en su condición de representante legal del Consorcio Servicios de Tránsito de Villavicencio (STV), en contra del alcalde del municipio de Villavicencio y la jefe de la Oficina de Contratación de ese mismo ente territorial, en los siguientes términos:

"Primero. Abstenerse de resolver la recusación en contra de la doctora Irina Colette Salas Londoño, como facultada para imponer sanciones tales como multas, cláusulas penales, declaratorias de caducidad, para hacer efectivas las garantías y en general todas las potestades derivadas de las cláusulas exorbitantes en los procesos contractuales que celebra el municipio de Villavicencio por el municipio, en la actuación administrativa sancionatoria en contra del Consorcio Servicios de Tránsito de Villavicencio (STV) con NIT 900369698-1 por presuntos incumplimientos en la ejecución del Contrato número 776 de 2010 (...)

Segundo. Negar la recusación presentada en contra del alcalde de Villavicencio, por el señor Lisandro Junco Espinosa, en su condición de representante legal de Consorcio Servicios de Tránsito de Villavicencio, en la actuación sancionatoria administrativa por presunto incumplimiento en la ejecución del Contrato número 776 de 2010 (...)".

Que mediante auto de 25 de octubre de 2021, proferido dentro del proceso con radicación IUS E-2021-557749, IUS D-2021-2091605, el Procurador Regional del Meta, resolvió declarar fundada la recusación planteada por el señor Lisandro Junco Espinosa, en su calidad de representante legal del Consorcio Servicios de Tránsito de Villavicencio (STV), al encontrar configuradas las causales de recusación previstas en los numerales 5 y 11 del...

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