Decreto número 0088 de 2024, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del articulo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, en el Circulo Notarial de Fusagasugá - Cundinamarca
Emisor | Ministerio de Justicia y del Derecho |
Número de Boletín | 52655 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 5o del Decreto Ley 2163 de 1970, yCONSIDERANDO:Que según lo dispuesto en el artículo 5o del Decreto Ley 2163 de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, establece que el retiro forzoso de un notario es causal de falta absoluta.Que la Notaría Primera (1) del Círculo Notarial de Fusagasugá - Cundinamarca, quedó vacante por el retiro forzoso de su titular, la señora Elizabeth García Romero, efectuado por el Gobierno nacional mediante Decreto número 0333 de 8 de marzo de 2023.Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, el Superintendente de Notariado y Registro, el 22 de marzo de 2023 certificó la vacancia de la Notaría Primera (1) del Círculo Notarial de Fusagasugá
- - Cundinamarca, por generarse la falta absoluta del Notario, bajo la causal descrita en el
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