Decreto número 0088 de 2024, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del articulo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, en el Circulo Notarial de Fusagasugá - Cundinamarca - 31 de Enero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1005548952

Decreto número 0088 de 2024, por el cual se hace un nombramiento en propiedad, de acuerdo con las disposiciones del numeral 3 del articulo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, en el Circulo Notarial de Fusagasugá - Cundinamarca

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín52655

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el artículo 5o del Decreto Ley 2163 de 1970, yCONSIDERANDO:Que según lo dispuesto en el artículo 5o del Decreto Ley 2163 de 1970 los notarios de primera categoría serán nombrados por el Gobierno nacional.Que el artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, establece que el retiro forzoso de un notario es causal de falta absoluta.Que la Notaría Primera (1) del Círculo Notarial de Fusagasugá - Cundinamarca, quedó vacante por el retiro forzoso de su titular, la señora Elizabeth García Romero, efectuado por el Gobierno nacional mediante Decreto número 0333 de 8 de marzo de 2023.Que en cumplimiento de las disposiciones del numeral 8 del artículo 13 del Decreto número 2723 de 2014, el Superintendente de Notariado y Registro, el 22 de marzo de 2023 certificó la vacancia de la Notaría Primera (1) del Círculo Notarial de Fusagasugá

  • - Cundinamarca, por generarse la falta absoluta del Notario, bajo la causal descrita en el
1 Decreto número 2817 de 1974. Artículo 3°. Los demás Notarios de primera categoría y Registradores de cabecera de círculo tomarán posesión de sus cargos antes los Gobernadores, Intendentes y Comisarios de los respectivos Círculos.numeral 4 del artículo 2.2.6.1.5.3.9 del Decreto número 1069 de 2015, esto es, el retiro forzoso de su titular.Que el Director de Administración Notarial de la Superintendencia de Notariado y Registro mediante oficio SNR2023IE003753 de 23 de marzo de 2023, remitió a la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, la certificación de vacancia de la Notaría Primera (1) del Círculo Notarial de Fusagasugá - Cundinamarca "... para que dicho despacho sea ofertado en Derecho de Preferencia (...)Que el Consejo Superior de la Carrera Notarial en sesión celebrada el 19 de octubre de 2022, asumió la decisión de dar aplicación al derecho de preferencia establecido en el numeral 3 del artículo 178 del Decreto Ley 960 de 1970, facultando a la Secretaría Técnica para que adelante el procedimiento operativo desde la publicación de vacancia hasta la comunicación dirigida al nominador correspondiente para que proceda con el trámite de expedición de los actos administrativos tendientes al nombramiento, confirmación y posesión del notario con mejor derecho, frente a las notarías que queden vacantes.Que atendiendo a los lincamientos operativos aprobados por el Consejo Superior de la Carrera Notarial en sesión de 19 de octubre de 2022, la Secretaría Técnica del Consejo Superior de la Carrera Notarial, el 31 de marzo de 2023...

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