Decreto número 0103 de 2024, por el cual se efectúa una modificación al anexo del decreto de Liquidación contenido en el articulo 1º del Decreto número 2295 de 2023, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Educación Nacional para la vigencia fiscal 2024 - 5 de Febrero de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1017335209

Decreto número 0103 de 2024, por el cual se efectúa una modificación al anexo del decreto de Liquidación contenido en el articulo 1º del Decreto número 2295 de 2023, en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Educación Nacional para la vigencia fiscal 2024

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín52660

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales establecidas en el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación faculta al Gobierno nacional para dictar el decreto de Liquidación del Presupuesto General de la Nación.

Que de acuerdo con lo anterior y en concordancia con el artículo 209 de la Constitución Política, que señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de eficacia, economía y celeridad, le corresponde al Gobierno nacional ejercer la facultad conferida en el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto y así garantizar la debida ejecución de los recursos contenidos en el Presupuesto General de la Nación.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º

Modificar el artículo 1 º del Decreto número 2295 de 2023, que contiene el anexo del Decreto de Liquidación, en lo referente al Presupuesto de Gasto de Inversión para la vigencia fiscal 2024 de la Sección "2201 Ministerio de Educación Nacional", Unidad "220101 Gestión General", Programa "2202 Calidad y Fomento de la Educación Superior", Subprograma "0700 Intersubsectorial Educación", por Cinco billones ciento veinticinco mil catorce millones ochocientos diez y siete mil veinticuatro pesos ($5.125.014.817.024) moneda corriente, el cual se detallará de la siguiente manera:

Alvaro Leyva Durán.

(C. F.).

Artículo 2º Vigencia

El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y mantiene la vigencia del artículo 1º en los demás aspectos no modificados por este decreto.

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