Decreto número 0271 de 2024, por el cual se designa Alcalde ad hoc del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla - 5 de Marzo de 2024 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 1027554163

Decreto número 0271 de 2024, por el cual se designa Alcalde ad hoc del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín52689

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular, las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y en el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante oficio QUILLA-24-000738 del 3 de enero de 2024, radicado en la Procuraduría Regional de Instrucción del Atlántico con el número E-2024-007540 del 5 de enero del mismo año, el señor Alejandro Char Chaljub, Alcalde del Distrito Especial Industrial y Portuario de Barranquilla, manifestó su impedimento ejecutar las diferentes actividades necesarias para cumplir con la Sentencia T-473 del 15 de mayo de 2008, emitida por la Corte Constitucional en el marco de la acción de tutela incoada por la doctora MARTHA LUZ SANZ BORJA Y OTROS PROPIETARIOS DEL CONJUNTO RESIDENCIAL ALTOS DEL CAMPO, contra la Constructora Alejandro Char & Cía, de la cual fue socio, para actuar en los trámites administrativos y presupuestales de la administración distrital relacionados con el pago de subsidios temporales de arriendo a algunos propietarios y poseedores de los conjuntos residenciales ciudad del sol I y II y para atender lo pertinente en relación con los procesos judiciales y/o actuaciones administrativas que correspondan a la administración distrital de Barranquilla, respecto de los conjuntos residenciales CIUDAD DEL SOL II, TERRAGONA, BARCELONA,

PARQUE 100 Y PARQUE 98, incluyendo el cumplimiento de las decisiones judiciales que lleguen a proferirse, y que se mencionan a continuación:

Que mediante auto de fecha 11 de enero de 2024, proferido por la Procuradora Regional de Instrucción del Atlántico, dentro del proceso con radicación E-2024-007540, aceptó el impedimento manifestado por el señor Alejandro Char Chaljub, para conocer de las actuaciones judiciales y administrativas que se susciten con ocasión a los procesos judiciales relacionados anteriormente, incluyendo el cumplimiento de los fallos que llegasen a proferirse; así como los trámites administrativos y presupuestales relacionados con el pago de subsidios temporales de arriendo a algunos propietarios y poseedores de los conjuntos residenciales Ciudad del Sol I y II, al considerar que existe un interés particular...

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