Decreto número 0467 de 2015, por el cual se adiciona el Decreto número2191 de 2003, por el cual se adopta el Glosario Técnico Minero - 17 de Marzo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 561610798

Decreto número 0467 de 2015, por el cual se adiciona el Decreto número2191 de 2003, por el cual se adopta el Glosario Técnico Minero

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín49456

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de lo previsto en el artículo 68 de la Ley 685 de 2001, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 68 de la Ley 685 de 2001, corresponde al Gobierno nacional adoptar un glosario o lista de definiciones y términos técnicos en materia minera que serán de obligatorio uso por los particulares y por las autoridades y funcionarios en la elaboración, presentación y expedición de documentos, solicitudes y providencias que se produzcan en las actuaciones reguladas por este Código;

Que en desarrollo de dicha disposición, se expidió el Decreto número 2191 de 2003 por el cual se adoptó el Glosario Técnico Minero;

Que se hace necesario adicionar al Glosario Técnico Minero, con el objeto de dar la debida aplicación a lo dispuesto en el artículo 101 de la Ley 685 de 2001 sobre integración de áreas, en lo referente al concepto de "vecindad";

Que por lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º Adiciónese el Glosario Técnico Minero, adoptado por el Decreto número 2191 de 2003, con la siguiente definición: Vecindad

Situación en la que dos o más áreas de títulos mineros se encuentran totalmente separadas entre sí, es decir, que no tienen coordenadas, puntos o segmentos comunes que las una o las ligue y por tanto, siempre existe entre ellas una distancia que las separa, pero que técnicamente pueden integrarse cuando por la ubicación, forma y características del yacimiento mineral se puede desarrollar un proyecto minero unificado.

Análisis de vecindad

Evaluación adelantada por la autoridad minera en áreas no contiguas o vecinas, con el fin de determinar la continuidad geológica del yacimiento y la viabilidad técnica, económica y operativa para adelantar de manera conjunta su exploración y explotación.

Durante esta evaluación, la autoridad minera analizará cada caso o solicitud en particular buscando poder desarrollar en esta nueva zona, un proyecto minero unificado, teniendo en...

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