Decreto número 077 de 2022, por medio del cual se modifica la planta de personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía - 21 de Enero de 2022 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 884305576

Decreto número 077 de 2022, por medio del cual se modifica la planta de personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51924

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía en desarrollo del Plan Estratégico Institucional, ha implementado nuevos productos, orientados a fortalecer la atención de los afiliados mediante la prestación de un servicio eficiente, entre ellos el otorgamiento de crédito hipotecario con destino a la consecución de vivienda, proceso que requiere del fortalecimiento de las competencias de sus funcionarios y la ampliación de las capacidades organizacionales; lo que conlleva al ajuste de algunas funciones en sus dependencias y la ampliación de la planta de personal para responder a las nuevas exigencias financieras, administrativas y operativas.

Que la modificación de la planta de personal de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, cumple con lo dispuesto en el numeral 1.1 de la Directiva Presidencial 09 del 9 de noviembre de 2018, que dispone que: "las plantas de personal y las estructuras administrativas de las entidades de la rama ejecutiva del orden nacional, solamente se

podrán modificar cuando dicha reforma sea a costo cero o se generen ahorros en los gastos de funcionamiento de la entidad".

Que mediante las actas números 13 del 27 de noviembre de 2020 y 12 del 29 de octubre de 2021, la Junta Directiva de la Caja Promotora de Vivienda Militar y de Policía, decidió someter a la aprobación del Gobierno nacional la modificación de la planta de personal y las funciones de las dependencias.

Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, en el marco de las competencias señaladas en el artículo 46 de la Ley 909 de 2004, modificado por el artículo 228 del Decreto Ley 019 de 2012, y en el artículo 2.2.12.1 del Decreto número 1083 de 2015 Reglamentario Único del Sector de la Función Pública, emitió concepto técnico favorable al estudio técnico presentado por el Ministerio de Defensa, como entidad cabeza del sector.

Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, las empresas industriales y comerciales del Estado y las sociedades de economía mixta no hacen parte del Presupuesto...

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